Espera 17 meses para saber si tiene derecho a la Ley de Dependencia
La anciana padece alzhéimer y tiene valorado un 75% de discapacidad · El plazo del que dispone la Administración para responder a la solicitud es de 3 meses
Diecisiete meses lleva a la espera Isabel V.C., para recibir respuesta de la Delegación Provincial de Igualdad y Bienestar Social acerca de su solicitud para quedar integrada en la Ley de Dependencia, cuando la resolución no debe demorarse más de tres meses.
El abogado de esta anciana que padece alzheimer, Julián Domínguez, ha enviado hace unos días, un escrito de queja a su titular, en la que solicita que " tenga a bien el remover los obstáculos que pudieran impedir el normal funcionamiento de la Administración y, por tanto, resolver de forma expresa sobre la valoración de mi representada Isabel V.C.". Asimismo el letrado pide que "se nos dé traslado de la identificación de la autoridad o funcionario responsable de la tramitación del expediente".
Esta demora supone, al mismo tiempo, una serie de inconvenientes para esta viuda de militar residente en Villablanca que, teniendo resuelta esta tramitación, "podría solicitar otro tipo de ayudas al estar incluida en el cuerpo militar".
Julián Domínguez explica que todo el proceso comenzó en septiembre de 2010, cuando se presentó la solicitud de acogimiento a la Ley de Dependencia. En febrero del año pasado, Isabel recibe la visita de la trabajadora social, encargada de realizar una valoración sobre su situación y "consecuentemente, elevar la propuesta de resolución".
La queja que el letrado ha presentado recientemente, tiene como objetivo resaltar esos 17 meses que han transcurrido "desde la presentación de la solicitud hasta la fecha de hoy, sin que hasta el momento exista constancia ni de la propuesta de resolución, ni de la resolución misma en la que se reconozca el grado y nivel de Dª Isabel".
El proceso, en resumen es el siguiente: se llama al trabajador social de la localidad, que tramita el caso al centro base de la zona de la provincia -en este caso, Cartaya- que es donde se prepara el expediente y se envía nuevamente al trabajador social. Finalmente da conocimiento a la Delegación Provincial de Igualdad y Bienestar Social.
El dislate de la situación se confirma con la presentación de un nuevo informe del neurólogo que confirma el progreso de la enfermedad de la anciana: "El informe fue admitido en la Delegación, lo que da a entender que el proceso sigue abierto, ya que en el momento en que la resolución se realiza no se puede presentar más documentación". Javier Domínguez añade que su cliente fue atendida en la Unidad de Valoración, que es un requisito previo para abrir el proceso de Ley de Dependencia. Este trámite se realizó en abril de 2011, cuando le señalaron un 75% de discapacidad.
Julián Domínguez esgrime, además, que el silencio administrativo no tiene valor en este caso, es decir, que el paso de los tres meses estipulados no puede interpretarse como negación. Para ello, el abogado invoca la Ley de Procedimiento Administrativo que indica que el ciudadano tendrá "derecho a conocer en todo momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan condición de interesados, y a obtener copias de documentos contenidos en ellos".
Este artículo lo contrapone Domínguez a la normativa autonómica que sí contempla la posibilidad del silencio administrativo, así como al hecho ya mencionado de que la propia Delegación de Igualdad y Bienestar Social haya admitido más documentación, cosa que solo sucede cuando el procedimiento todavía no está cerrado.
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