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Estos son los pasos para solicitar el cheque escolar de 100 euros por hijo de la Junta de Andalucía

Becas

Un grupo de alumnos se dirige al colegio en Sevilla. / José Ángel García
M. H.

26 de octubre 2022 - 09:32

Ya está abierto el plazo para solicitar el cheque escolar de 100 euros por hijo escolarizado en la enseñanza obligatoria que anunció en septiembre la Junta de Andalucía para afrontar el aumento de los gastos derivados de la inflación en el presente curso escolar. Las familias que cumplan con los requisitos pueden solicitar esta ayuda desde este miércoles 26 de octubre hasta el 9 de noviembre de 2022.

La Junta establece un límite máximo presupuestario para esta convocatoria de 20 millones de euros con la previsión de alcanzar a 200.000 alumnos de Primaria, Secundaria, Formación Profesional Básica y Educación Especial. El cheque escolar se abonará en un pago único de 100 euros mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente que se haya consignado en la solicitud y de la que deberá ser titular el representante legal firmante de la solicitud o el alumno en caso de ser mayor de edad.

El objetivo del cheque es facilitar la escolarización en la enseñanza obligatoria ante la situación generada por los altos niveles de inflación registrados este año 2022 y apoyar a las familias andaluzas a afrontar los gastos derivados del presente curso escolar como material escolar, uniformes, comedor, aula matinal o actividades extraescolares, entre otros.

Estos son los pasos que se deben seguir para solicitar esta bonificación:

Requisitos para recibir el cheque escolar

Los beneficiarios de estos cheques serán los hogares andaluces con renta limitada. En concreto, se concederá a cada alumno cuya unidad familiar no supere el siguiente umbral de renta familiar:

Asimismo, para optar a esta ayuda, los estudiantes que soliciten el cheque deben estar matriculados en estudios de alguna de estas modalidades:

Cómo solicitar el cheque escolar

Las solicitudes deben ser presentadas, preferentemente, de forma telemática a través de la Secretaría Virtual de la Consejería de Educación. Se resolverán en régimen de concurrencia competitiva, priorizándose en función de la menor renta per cápita de la unidad familiar a la que pertenezca el alumnado beneficiario.

Para agilizar los trámites, si los solicitantes presentan su consentimiento en la vía telemática al cruce de datos entre administraciones no tendrán que aportar documentación alguna a la solicitud. Será la Consejería la que se ocupe de recabar la información que resulte precisa para determinar los datos de identificación, residencia, académicas y familiares de los solicitantes.

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