Análisis
Santiago Carbó
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La indemnización por despido improcedente se reduce para los contratos indefinidos de 45 a 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades, en lugar de 42 como hasta ahora, si bien se respetarán los derechos adquiridos por los trabajadores que ya son fijos. Lo ha explicado la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, en la rueda de prensa posterior Consejo de Ministros, que ha aprobado el decreto ley que reforma el mercado de trabajo, y que el BOE ha publicado este sábado.
Para los contratos antiguos la nueva indemnización de 33 días sólo será de aplicación para el periodo de trabajo que se realice a partir de la aprobación de la norma. No obstante, estos contratos conservan el derecho a obtener una indemnización de hasta 42 mensualidades. De esta forma, a partir de ahora sólo habrá un tipo de contrato fijo, ya que se fusionarán el ordinario y el contrato de fomento del empleo estable con las condiciones que estaban establecidas para éste último.
El despido objetivo -que permite a las empresas echar a empleados por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción- mantiene la misma indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. No obstante, la nueva norma matiza las causas económicas, de forma que la disminución persistente de ingresos "durante tres trimestres consecutivos" será motivo suficiente para recurrir al despido.
Se abre además la posibilidad de que los organismos y entidades del sector público invoquen causas económicas, organizativas, técnicas o de producción para redimensionar plantillas, con lo que se pretende aligerar las estructuras administrativas que crecieron desmesuradamente durante la fase de crecimiento económico y que no tienen previsión de volver a ser sostenibles financieramente. El Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), que hasta ahora asumía el pago de ocho días de indemnización en los despidos procedentes, únicamente seguirá haciendo este desembolso a las pymes. Asimismo, el Gobierno ha suprimido la exigencia de autorización administrativa previa para las regulaciones de empleo, algo que sólo existe en España y Grecia, según la ministra. Por otra parte, se incorpora la obligación para las empresas que despidan a más de 100 trabajadores de articular un plan de recolocación externa diseñado para un periodo de, al menos, seis meses.
Un nuevo contrato indefinido para las pymes y los autónomos
El Gobierno ha creado un nuevo contrato indefinido para los autónomos y las pymes con menos de 50 trabajadores, que incluirá una deducción de 3.000 euros por la contratación de un primer trabajador menor de 30 años. Fátima Báñez ha explicado que con la reforma laboral lo que se pretende es que los autónomos y las pequeñas y medianas empresas se conviertan en los "grandes contratadores". Para ello se crea como novedad este nuevo contrato, que es indefinido y que tiene un período de prueba de un año. Además, cuenta con "potentes ayudas" para su utilización, ha destacado Bánez, que ha precisado que una de ellas es una deducción fiscal de 3.000 euros para el primer trabajador que se contrate y que sea menor de 30 años.
Asimismo, para que se "saque" a parados de las listas del servicio público de empleo se va a permitir, "por primera vez", que el desempleado compatibilice, de forma voluntaria, el nuevo sueldo con el 25% de la prestación que recibe. Esa compatibilización durará un año como máximo, ha subrayado la ministra de Empleo y Seguridad Social. Al mismo tiempo, para que el contrato sea "atractivo" para el empleador a éste se le deducirá el 50% de la prestación que recibe su empleado por espacio de un año.
Por otra parte, la reforma laboral también reorienta las bonificaciones a la contratación. Se fomenta la contratación indefinida de los jóvenes menores de 30 años con hasta 3.600 euros, mientras que para los parados de larga duración la cifra será de hasta 4.500 euros. La bonificación en la cuota de la Seguridad Social de hasta 3.600 euros será para emplear a jóvenes de entre 16 y 30 años durante tres años: el primer año la bonificación será de 1.000 euros, el segundo será de 1.100 euros y el tercero de 1.200 euros. Se aplicarán 100 euros más de deducción al año si la contratada es una mujer y trabaja en un sector donde el colectivo esté poco representado
En el caso de los parados de larga duración mayores de 45 años deberán llevar desempleados al menos 12 meses de los 18 anteriores a la contratación. También será progresiva la bonificación: en cada uno de los tres años será de 1.300 euros, cantidad a la que se podrán sumar otros 1.500 euros si se trata de una mujer y trabaja en un sector en el que tengan poca representación. La ministra también ha resaltado que para acabar con la dualidad se acaban los encadenamientos de contratos temporales que superen los 24 meses a partir del 31 de diciembre de 2012. El Gobierno anterior aprobó, de manera temporal y hasta el 1 de enero de 2013, que esos encadenamientos pudieran superar esos 24 meses.
Todos los trabajadores tendrán derecho a 20 horas de formación anuales
El Gobierno ha creado una cuenta de formación para cada trabajador que incluirá el derecho a 20 horas de formación anuales pagadas por su empresa. La reforma laboral contempla la creación de una cuenta de formación en la que se recogerá la formación recibida por el trabajador durante su vida activa. Los trabajadores con más de un año de antigüedad tendrán un permiso retribuido de 20 horas de formación al año pagadas por su empresa y vinculadas al puesto de trabajo. Además, se permitirá que los centros de formación acreditados ejecuten directamente los planes de formación.
Para reducir el elevado desempleo juvenil y evitar que los jóvenes abandonen tempranamente sus estudios, se impulsa un contrato para la formación y el aprendizaje. La edad máxima para acceder a este tipo de contrato se mantiene en 30 años hasta que la tasa de paro baje del 15%. Una vez agotado el periodo de formación en una actividad, el trabajador podrá utilizar este tipo de contrato en otros sectores. Además, podrá recibir la formación en la propia empresa, si dispone de instalaciones y personal adecuado.
Los directivos de banca expedientados no recibirán indemnización por despido
Los directivos de entidades financieras que hayan sido apartados de su cargo mediante un expediente disciplinario no tendrán derecho a percibir indemnización alguna, según el Real Decreto Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral que ha aprobado este viernes el Consejo de Ministros. Asimismo, tal y como ha señalado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, siguiendo las recomendaciones de la Unión Europea se limitan las indemnizaciones por cese de actividad de estos directivos.
Estas indemnizaciones no podrán superar la menor de las siguientes cuantías: dos años de remuneración fija o dos veces las bases máximas resultantes de los límites fijados por el Gobierno la semana pasada. El Gobierno español impuso entonces un fuerte recorte a los salarios de los altos ejecutivos de entidades bancarias que fueron intervenidas y de aquellas que recurrieron a fondos públicos.
Los directivos de entidades intervenidas no podrán cobrar más de 300.000 euros anuales y, en el caso de las beneficiarias de fondos públicos, sus máximos responsables tendrán limitadas las remuneraciones a 600.000 euros al año. El Decreto Ley de Saneamiento del Sector Financiero aprobado la semana pasada endureció las provisiones de los activos inmobiliarios, fijó los límites a los salarios de la banca con ayudas públicas y eliminó órganos de control en las cajas de ahorros. Sáenz de Santamaría ha explicado que el Gobierno ha llevado a cabo "una reforma de verdad" del sistema financiero, que se ha saneado en busca de la "fortaleza y solvencia tanto de las entidades financieras como del Estado". Asimismo, ha añadido, se ha atajado un asunto que preocupaba a la opinión pública, y es la responsabilidad de las entidades que han recibido ayudas ante los sueldos de sus directivos.
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