El Tribunal Supremo abre dos causas contra Alvise Pérez: financiación ilegal y difusión de la PCR falsa de Salvador Illa
El TS rechaza investigar un presunto delito de desórdenes públicos por las protestas de la sede del PSOE en Ferraz
El Tribunal Supremo ordena al juez que testifique el novio de Ayuso tras la petición del fiscal general

El Tribunal Supremo (TS) ha decidido abrir dos causas penales contra el eurodiputado sevillano Luis Alvise Pérez, líder de Se Acabó La Fiesta (SALF). La primera investigación se centra en una presunta financiación ilegal de su formación política, mientras que la segunda está relacionada con la difusión de una PCR falsificada del actual presidente de la Generalitat, Salvador Illa. Para poder avanzar en ambos procedimientos, el Alto Tribunal deberá solicitar autorización previa al Parlamento Europeo, institución donde Alvise ostenta su condición de aforado.
Al mismo tiempo, los magistrados del Supremo han rechazado iniciar una tercera causa contra el controvertido eurodiputado por un supuesto delito de desórdenes públicos vinculado a las manifestaciones contra la ley de amnistía que tuvieron lugar a finales de 2023 frente a la sede central del PSOE en la madrileña calle Ferraz.
En el procedimiento sobre financiación irregular, el Supremo ha atendido la petición del juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama para investigar a Alvise por la presunta recepción de 100.000 euros en mayo de 2024 procedentes del empresario Álvaro Romillo, conocido como 'Cryptospain', para su organización política. El tribunal también ha abierto diligencias contra el propio Romillo al considerar que existe una "conducta conexa a la investigación que procede contra el aforado".
Posibles delitos de estafa y blanqueo
En un auto firmado por el presidente interino de la Sala Segunda, Andrés Martínez Arrieta, el tribunal señala que los hechos descritos "podrían ser subsumidos" en el delito de financiación ilegal de partidos políticos. Además, añade que resulta aplicable el artículo 149 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG), "en cuanto refieren una conducta sobre elusión de los deberes de contabilidad y control de ingresos de los partidos políticos".
Este artículo establece penas de prisión de 1 a 4 años y multas de 12 a 24 meses para los administradores electorales que falseen cuentas, omitan o reflejen indebidamente aportaciones o gastos, o utilicen cualquier artificio que suponga alteración de las partidas contables.
La Sala de lo Penal también apunta que "indiciariamente podrán ser subsumidos en los delitos de estafa, apropiación indebida, blanqueo de capitales y falsedad documental". El Supremo considera responsables tanto a Alvise, que "aparece como administrador electoral del partido", como a Romillo, "como donante del partido, con entrega de cantidades superiores a las permitidas y como autor de un delito electoral".
Para instruir esta causa, el tribunal ha designado al magistrado Julián Sánchez Melgar y ha admitido la personación del PSOE como acusación popular, imponiéndole una fianza de 15.000 euros.
La PCR falsificada de Salvador Illa
En un segundo auto, el Supremo ha abierto otra causa contra Alvise al apreciar "múltiples" indicios de presuntos delitos de falsedad en documento privado e injurias por difundir una PCR falsa de Salvador Illa. Para esta investigación, se ha designado al magistrado Javier Hernández.
El caso se remonta al 11 de febrero de 2021, cuando Alvise publicó en su cuenta de Twitter (actual X) un mensaje durante la campaña electoral catalana y en el marco de un debate televisado entre candidatos. El texto decía: "Hola Salvador Illa. Entre la LOPD o demostrar que un ministro y candidato autonómico de mi país miente... la segunda". El tuit iba acompañado de la imagen de un documento que simulaba ser un informe clínico fechado días antes, en el que aparecía un resultado "positivo" de una PCR a nombre de Illa.
Según la Fiscalía, dicho documento es completamente falso y habría sido elaborado por Alvise con la intención de perjudicar a Illa y al PSC durante la campaña electoral. Aunque todavía hay "diligencias pendientes de comprobación", el Ministerio Público considera que incluso si "se trata de un retuit sin relación con el autor original", sería posible investigarle al menos por un delito de utilización de documento falso e injurias.
Insuficientes pruebas sobre las protestas en Ferraz
En un tercer auto, con ponencia de la magistrada Ana Ferrer, el Supremo ha rechazado abrir causa contra Alvise por supuestos desórdenes públicos en las manifestaciones frente a la sede socialista de Ferraz.
El tribunal recuerda que la competencia para procesar a personas aforadas "no deja de estar sustentada en normas de carácter excepcional", lo que exige "no solo que se individualice la conducta concreta que respecto a ese aforado pudiera ser constitutiva de delito, sino también que haya algún indicio o principio de prueba que pudiera servir de apoyo a tal imputación".
Sin embargo, la exposición razonada enviada por el Juzgado de Instrucción Número 13 de Madrid "se limita a señalar que 'existen indicios de culpabilidad que han provocado la admisión de la presente denuncia por entender que la persona identificada pudiera ser autora del hecho delictivo de desórdenes públicos', sin una mínima descripción fáctica de los hechos que se atribuyen al aforado, ni de los indicios".
El Supremo critica que, aunque el juzgado aportó "distintas descargas de contenidos del canal de Telegram" de Alvise, no realizó una "concreta valoración" de las mismas, "sin siquiera especificar que la actuación que se reputa como aparentemente delictiva, que no acota temporalmente, se hubiera desarrollado por este medio, ni, en su caso, cual o cuales mensajes serían indiciariamente relevantes".
Otros procedimientos pendientes
Al margen de estas resoluciones, el eurodiputado tiene pendientes al menos otros dos asuntos sobre los que el Supremo aún debe pronunciarse. Uno de ellos corresponde al testimonio que remitió el Juzgado de Instrucción Número 18 de Sevilla a la Fiscalía del TS para que asumiera la causa contra Alvise por presuntas amenazas a un juez.
El otro caso procede de un juzgado de Castilla y León por una denuncia del diputado socialista Javier Alfonso Cendón por un presunto delito de calumnias, al vincularle con la trama del 'caso Tito Berni' en publicaciones en su canal de Telegram.
Adicionalmente, la Audiencia de Sevilla investiga una denuncia de la Fiscalía relacionada con una publicación de Alvise en Telegram donde aparece una fotografía de la hija del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, obtenida de su perfil privado de Instagram, por posible revelación de secretos o vulneración de la intimidad.
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