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Estas son las multas en Huelva por incumplir las normas pilotando motos de agua

Las normas se aplican en al ámbito geográfico desde Ayamonte hasta Matalascañas

Estas son las normas y prohibiciones para circular con motos de agua en la costa de Huelva este 2024

Un control de la Guardia Civil de una moto náutica en la desembocadura de la Ría del Piedras / Jordi Landero
S.H.

02 de julio 2024 - 09:43

Huelva/Las motos de agua cuentan con una normativa especial que las regula y cuyo incumplimento cuenta con unas sanciones económicas bastante altas. Estas multas oscilan desde los 2.500 a los 5.000 euros.

Con la llegada del verano son muchos amantes de las motos acuáticas los que se lanzan a las playas para disfrutar con ellas. Es por ello que la semana pasada la Capitanía Marítima de Huelva hizo pública la resolución de la normativa que, con la llegada de veraneantes a las playas resulta fundamental poder controlar la presencia y circulación de las motos de agua a fin de evitar posibles accidentes con los propios bañistas.

Esta normativa se aplica en el ámbito geográfico desde Ayamonte e Isla Cristina, es decir, desde el límite fronterizo de las aguas marítimas con Portugal, hasta Matalascañas. La normativa incluye restricciones para la navegación, pero también para la entrada y salida de las motos de agua así como para su circulación en rías y puertos.

Dos hombres en una moto de agua en la playa. / Rafael García Rebollo.

Restricciones a la navegación

Queda totalmente prohibida la navegación de las motos acuáticas en las zonas de baño balizadas. Además, en el resto de las playas u otras zonas ribereñas, desde la orilla hasta la línea que dista de ésta 300 metros, sólo se permitirá la navegación de las motos náuticas para acceder a los canales de lanzamiento y varada, o salir de estos hacia la mar, con una derrota perpendicular a la playa a una velocidad que no superará los 3 nudos.

Con carácter general, la zona de navegación sin restricciones especiales para las motos náuticas se limitará a las zonas marítimas situadas a una distancia de la playa superior a los 300 metros, o a una distancia igual a la zona balizada para el baño más otros 100 metros, la que sea mayor.

En cualquier caso, la navegación será tal que se evite el trazado de derrotas erráticas, las aproximaciones excesivas y el cruce de la proa del resto de embarcaciones a menos de 50 metros, así como cualquier otra maniobra que ponga en riesgo la seguridad marítima.

Igualmente, deberá evitarse acercarse a los cetáceos a menos de 500 metros con las motos acuáticas, así como impedir su movimiento libre, interceptar su trayectoria, perseguirlos, hostigarlos, cortar su paso o atravesar un grupo de estos animales, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 1727/2007, de 21 de diciembre, por el que se establecen medidas de protección de los cetáceos.

Restricciones a la entrada, salida y fondeo de motos náuticas.

En la normativa viene recogida la prohibición del fondeo en las zonas de baño y el amarre a boyas, incluidas las de las ayudas a la navegación y de señalización de zonas de baño o canales de lanzamiento y varada.

El acceso a los canales de lanzamiento y varada tendrá como fin exclusivo la introducción o extracción del vehículo en la mar, así como el embarque y desembarque de personas. No se utilizarán los canales de acceso ni su proyección en la playa afectada por la marea como zona de varada o estancia temporal, salvo que se hayan establecido específicamente para ese fin.

Así, la parada o estancia de motos náuticas en el resto de la playa quedará sujeto a lo que disponga la administración competente de la misma.

Una persona conduce una moto de agua en la costa de Huelva. / M.G

Normativa específica en la ría y en los puertos

También existen normas especiales para la navegación de motos náuticas en la Ría de Huelva, Ría de Punta Umbría, Ría del Piedras, Ría Carreras y desembocadura del Río Guadiana, los puertos ubicados en ellas y los caños mareales asociados.

La navegación con motos náuticas en las rías mencionadas quedará restringida a la maniobra de entrada o salida a mar abierto. Dicha navegación se realizará a una velocidad que no excederá los 15 nudos. En el resto de los caños del estuario de estas rías pertenecientes al Paraje Natural Marismas del Odiel, Paraje Natural Marismas de Isla Cristina y Paraje Natural Marismas del Río Piedras y Flecha de El Rompido queda prohibida, salvo autorización expresa de la administración competente en la gestión de estos espacios naturales protegidos (Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía).

La velocidad máxima permitida en la aproximación y acceso a los puertos, fondeaderos y marinas deportivas será de 3 nudos. Asimismo, siempre que la situación del tráfico lo permita, el paso frente a las instalaciones de los puertos y marinas se realizará por la zona más alejada de los pantalanes rompeolas, dando el mayor margen posible.

También está prohibido el fondeo en la totalidad de las ríasy caños mareales asociados, así como el amarre a boyas, incluidas las de las ayudas a la navegación y de señalización de zonas de baño o canales de lanzamiento y varada.

Las empresas dedicadas al alquiler de motos náuticas podrán obtener autorización de la Capitanía Marítima de Huelva para navegar por estas rías en excursiones en rutas preestablecidas, supervisadas por monitores manteniendo los límites de velocidad indicados.

Asímismo, los actos colectivos o eventos con motos náuticas, tales como celebración de regatas, o celebraciones en las aguas marítimas requerirán de autorización expresa de la Capitanía Marítima de Huelva.

Desde la Capitanía Marítima señalan que esta normativa está destinada a "prevenir accidentes e incidentes en las playas y otras zonas ribereñas de la provincia de Huelva", especialmente tratándose de vehículos capaces de alcanzar altas velocidades que superan los 80 km/h. Esta resolución queda vigente tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva y hasta el 31 de octubre del 2024.

Por ello, la institución ha recogido un listado de normas aprobadas en colaboración con la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul (responsable de la gestión del Paraje Natural Marismas del Odiel, el Paraje Natural Marismas de Isla Cristina y el Paraje Natural Marismas del Río Piedras y Flecha de El Rompido) y con los ayuntamientos.

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