La Fiscalía deja en una multa el expolio del yacimiento del Seminario
Patrimonio histórico
El Ministerio Fiscal rebaja la petición de un año y nueve meses de prisión a una sanción económica para los nueve encausados. El movimiento de tierras se realizó sin permiso de obra
Huelva/La Fiscalía ha rebajado la petición inicial formulada por las obras realizadas en abril de 2016 en el yacimiento arqueológico de Santa Marta-La Orden (El Seminario) por concesionarios de puestos de venta ambulante del mercadillo que provocaron daños en patrimonio histórico de Huelva capital.
La fiscal había solicitado un año y nueve meses de prisión para los nueve acusados de un delito contra el patrimonio arqueológico y si bien finalmente lo deja en una multa de 15 meses a razón de 12 euros por día para cada uno de los encausados. Fue en la vista oral celebrada ayer en la que comparecieron además de los procesados un agente de la Policía Local, dos agentes de la Guardia Civil, la exdelegada de Cultura de la Junta de Andalucía, tres arqueólogos y una arquitecta municipal.
Estos últimos pusieron de manifiesto la escasa protección de la zona con los restos arqueológicos, teniendo en cuenta que ya se había producido otro expolio en el área unos meses antes, y pusieron de relieve que, probablemente, el daño se había hecho de forma involuntaria pero también que la actuación había sido ilegal al carecer de licencia de obras.
Según la Fiscalía, siete concesionarios de puestos de venta ambulante del mercadillo de la capital encargaron a una empresa la realización de trabajos de movimientos de tierras en cada una de las parcelas que tenían adjudicadas, con el fin de ampliar la superficie de las mismas y sobre todo para poder aparcar allí sus vehículos y no en los aparcamientos habilitados para ello.
Seis de los siete vendedores acusados de dañar el yacimiento arqueológico, inscrito en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz en la Zona Arqueológica de Huelva, con las obras realizadas allí negaron que encargaran o pagaran por las mismas. Algunos de éstos afirmaron que en esas fechas ni siquiera venían al mercadillo de Huelva, por que tenían el puesto en excedencia, como así reconoció el agente de la Policía Local, que dijo que era habitual que se produjera alguna reubicación cuando faltaban algunos de los concesionarios de los puestos.
Sí reconoció uno de los vendedores ambulante, el considerado por la Fiscalía como el mediador, que contrató los trabajos a una empresa para poder estacionar su furgoneta lo más cerca posible de su puesto. Del resto indicó no saber nada ni que hubiese contactado con ellos, siquiera a través del teléfono.
Supuestamente, éste habría actuado como mediador entre el resto de los vendedores y el responsable de la empresa con la que se concertaron las obras y el empleado que las llevó a cabo. De los nueve acusados, todos declararon respondiendo a las preguntas que formularon la Fiscalía y las defensas salvo tres de ellos que sólo lo hicieron a las de sus abogados.
Por su parte, el empleado que realizó las obras de excavación aseguró que el mediador le solicitó la realización de los trabajos en todas las parcelas de los puestos ambulantes y que él se lo comunicó a los responsables de la empresa en la que trabajaba, los cuales accedieron.
Así lo reconoció el socio de la compañía encausado que declaró haber permitido las obras, después de haber recibido el encargo, porque depositó su confianza en la persona que se lo solicitó y, por tanto, en ningún momento se preocupó si había licencia de obra para hacer los trabajos. En su intervención señaló que había emitido facturas pero no nominativas para cada uno de los peticionarios por una valor de 30 euros.
Todos coincidieron en señalar que no había ninguna valla ni ningún cartel en la zona que indicara que se trataba de un yacimiento arqueológico protegido y declarado como Bien de Interés Cultural (BIC). También lo reconocieron los agentes policiales y los arqueólogos.
Previamente a la celebración de la vista oral las partes en litigio intentaron, sin éxito, llegar a una conformidad. El juicio quedó visto para sentencia.
Abril de 2016
Los hechos juzgados se produjeron el 14 abril de 2016 cuando se acometieron movimientos de tierra con maquinaria en parcelas inscritas en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz e incluidas en el Sector B-3 Santa Marta-La Orden, en la que se han hallado en los últimos 50 años numerosos restos arqueológicos.
La fiscal insistió en que a pesar de que no hubiera ninguna señalización sobre el carácter de los terrenos, se realizaron unas obras utilizando maquinaria pesada, a sabiendas de que carecían de permiso y no estaban autorizadas, afectando en la primera a unos 43 metros cúbicos de tierra con un rebaje medio del terreno de 2 metros y en otra parcela unos 360 metros cúbicos con un rebaje medio de 1,5 metros.
Según el ministerio púbico, el movimiento de tierra ha supuesto la “pérdida irreparable” de información histórica en al menos 162,44 metros cuadrados que nunca habían sido objeto de intervención arqueológica. Los daños causados al patrimonio histórico onubense se calculan en unos 216.000 euros.
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