Rechazan la petición de Medina de personarse como acusación en el caso del crimen de Almonte

El Juzgado aclara que "no concurre en su caso la condición de víctima o perjudicado por los delitos investigados"

Francisco Javier Medina anunció el pasado día 15 de enero su intención de personarse como acusación particular.
Francisco Javier Medina anunció el pasado día 15 de enero su intención de personarse como acusación particular. / Josué Correa
Óscar Lezameta / Raquel Rendón

04 de febrero 2019 - 13:43

Huelva/El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de La Palma del Condado ha rechazado la intención de Francisco Javier Medina de personarse como acusación particular en la resolución del doble crimen de Almonte tay y como había solicitado el pasado día 15 de enero. La resolución a la que ha tenido acceso Huelva Información, señala que "no ha lugar a admitir la personación de Francisco Javier Medina Rodríguez como acusación particular, para el ejercicio de acciones penales y civiles contra el responsable de los hechos que resulten de la investigación reaperturada".

El auto, que fue firmado el pasado jueves, aclara que "no concurre en el mismo la condición de víctima, ofendido o perjudicado de los delitos investigados que le permita constituirse en acusación particular, tal como también sostienen el Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares personadas".

El Juzgado aclara que "la condición de perjudicado no ofendido por el delito no puede extenderse a personas ajenas a las víctimas y a las que la ejecución material del delito no haya ocasionado de forma directa ningún perjuicio personal o patrimonial. No es posible por tanto admitir en este caso la personación de Francisco Javier Medina como acusación particular, sin perjuicio de las acciones que pudieran asistirle ante otras instancias".

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