El Supremo desestima el recurso clave de los bebés robados de Huelva
El Alto Tribunal considera que no cabe la casación porque en el caso judicialmente archivado no hubo ninguna imputación e impone las costas a la víctima
Poco ha durado la alegría a las víctimas de las sustracciones de recién nacidos onubenses por la admisión a trámite del recurso de casación presentado ante el Tribunal Supremo. La Sala Segunda ha dado carpetazo al caso elevado por SOS Bebés Robados Huelva, centrado en la desaparición de un neonato en el hospital Manuel Lois en 1992, al entender que "no cabe casación, pues no ha existido en el procedimiento una resolución judicial que suponga una imputación fundada".
Así consta en la sentencia desestimatoria, a la que ha accedido Huelva Información y en la que el Alto Tribunal expresa el resultado de la deliberación que llevó a cabo el pasado 30 de junio. Los magistrados destacan que el recurso trataba de combatir el auto de la Audiencia Provincial que confirmaba el sobreseimiento libre acordado previamente por el Juzgado de Instrucción 2 de Huelva, un procedimiento en el que no hubo investigación "ni acto alguno que se pudiera interpretar como una imputación formal de unos hechos a una persona determinada".
Y ante la carencia de un investigado en el caso, "el auto no es susceptible de ser recurrido en casación". Teniendo en cuenta este argumento, concurre "la causa de inadmisión que ahora deviene en causa de desestimación".
El Supremo indica que la inadmisión a trámite de la casación "en estos supuestos en que no está expresamente autorizado, no vulnera en absoluto" el derecho a la tutela judicial efectiva de la víctima, puesto que el Tribunal Constitucional "así lo ha declarado en reiteradas ocasiones". Dicho derecho consagrado en la Carta Magna "no significa que para todas las cuestiones esté abierto necesariamente un recurso", así que la Sala no entra a analizar el fondo del mismo.
Esperanza Ornedo
"No conviene sacar a flote la verdad, la Justicia no nos ha apoyado nunca ni lo hará”
Pese a todo, no obvia en la sentencia que el asunto de los robos de recién nacidos tiene "gran repercusión social, pero al concurrir causa de inadmisión no cabe examinar la cuestión de la prescripción cuestionada para ofrecer soluciones a otros hipotéticos asuntos, soluciones que, además, no constituirían doctrina jurisprudencial y que se adoptarían sin oír los argumentos de las partes implicadas en esas otras eventuales causas con similar sustrato fáctico". Por todo, el Supremo decide dar carpetazo al caso e imponer las costas originadas al padre recurrente.
La presidenta de SOS Bebés Robados Huelva, Esperanza Ornedo, se mostró ayer ante este diario "indignada" por la decisión de los magistrados del Alto Tribunal, si bien es "algo que de alguna forma me esperaba". A su juicio, la Sala –como las instancias precedentes– ha dejado claro "que no conviene sacar a flote la verdad; la Justicia no ha apoyado nunca nuestra causa ni lo hará".
Y es que este es el enésimo portazo judicial que ha impactado en la cara de las más de 180 familias que sospechan que fueron víctimas del robo de sus pequeños en Huelva. Ya en 2012 la Audiencia declaró prescritos todos aquellos procedimientos en los que hubieran transcurrido más de 15 años desde el nacimiento del menor, lo que condenó a los expedientes a una muerte segura. El pequeño halo de esperanza que había supuesto el voto particular del magistrado José María Méndez Burguillo que abrió en 2018 la puerta del Supremo a este caso también ha quedado en agua de borrajas. El entonces presidente de la Sección Tercera opinaba que "el delito de detención ilegal es un delito permanente" y, por lo tanto, por el momento no ha caducado.
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