El Supremo rebaja en tres años la pena a un preso por vender droga
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que rebaja de nueve a seis años y un día la condena a un preso de la cárcel de Huelva al que se le intervinieron distintos tipos de drogas que tenían como fin la venta en la instalación penitenciaria en abril de 2005.
La sentencia es consecuencia de la admisión a trámite del recurso de casación interpuesto por el condenado contra el auto de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva de 23 de diciembre de 2010, en el que se le negaba la revisión de esta condena impuesta por sentencia del mismo órgano judicial en 2007 que fue declarada firme el 8 de enero.
Basaba su recurso en infracción de ley al entender que no se le había procedido a aplicar la Disposición Transitoria Segunda de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, que conminaba a los jueces a revisar la sentencias firmes en las que el penado estuviera cumpliendo efectivamente la pena, aplicando la disposición más favorable.
Entiende el Supremo, en contra de la Audiencia Provincial, que la condena sí tuvo que ser revisada y ahora dicta una sentencia en la que rebaja la misma de 9 años a 6 años y 1 día.
Mantiene el TS el resto del fallo que imponía al condenado una multa de mil euros, las accesorias de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, y el pago de la mitad de las costas procesales.
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