El Supremo anula la sanción por falta grave al guardia civil de Huelva aquejado de una enfermedad
La Dirección General deberá devolverles el dinero detraído de sus retribuciones más los intereses legales
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Huelva/El Tribunal Supremo ha anulado una sanción disciplinaria por "negligencia grave" en el cumplimiento de las obligaciones u órdenes impuesta a un agente de la Guardia Civil aquejado de una enfermedad, al entender que su actitud ha devenido de la propia naturaleza de la misma.
Según ha informado la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) en un comunicado, el Tribunal Supremo ha admitido el recurso de casación presentado por este colectivo contra la resolución, ha anulado la misma y exime al agente de culpa dada la "propia naturaleza de su enfermedad y sus efectos sobre la consciencia".
Todo comenzó cuando el anterior capitán jefe de una compañía remitió el parte disciplinario de un agente por no presentarse a un control médico sin que los servicios médicos de la Comandancia dieran cuenta de la falta de asistencia.
Desde enero de 2019, al menos, el agente estaba "afectado por enfermedades que le impedían realizar su actividad con normalidad", figura en la sentencia de instancia.
Pese a la circunstancia, el Jefe de la Comandancia de Huelva instruyó el expediente y el General Jefe de la Zona de Andalucía impuso una sanción por falta grave contra el Guardia Civil.
El motivo fue la "negligencia grave en el cumplimiento de las obligaciones profesionales o de las órdenes recibidas". Una vez puesto en conocimiento de los servicios jurídicos de la Delegación de Huelva de la AUGC, se interpuso un recurso de casación para dejar sin efecto la sanción disciplinaria.
La sentencia de Sala de lo Militar del Tribunal Supremo precisa que "no puede apreciarse dolo en la conducta del recurrente, pero a la vista de los antecedentes médico-psiquiátricos del mismo, tampoco puede apreciarse culpa o negligencia alguna en su actuar".
"La no presentación en algunos de los controles médicos que debía realizar no puede atribuirse a una falta de cuidado, sino a la propia naturaleza de su enfermedad", establece el Alto Tribunal.
Además, añade que los "propios efectos sobre la consciencia del recurrente permite excluir su responsabilidad a título culposo".
Con esta interpretación, la Justicia ha anulado la sanción por falta grave contra el Guardia Civil y ahora la Dirección General deberá devolver al afectado el dinero detraído de sus retribuciones más los intereses legales, eliminando la anotación negativa de su hoja de servicios.
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