El absuelto del crimen de Almonte reclama una indemnización por su estancia en prisión
Medina podría aspirar a una compensación que supere los 68.000 euros
Justicia solicita a la Audiencia la documental necesaria para instruir el expediente
El almonteño que resultó absuelto del doble crimen de Almonte, Francisco Javier Medina, ha promovido ante el Ministerio de Justicia una reclamación indemnizatoria a cargo del Estado para que este responda por el supuesto mal funcionamiento de la maquinaria judicial, que lo mantuvo en prisión preventiva entre el 28 de junio de 2014 –tras su detención– y el 6 de octubre de 2017, cuando el jurado popular lo declaró no culpable de los asesinatos de Miguel Ángel y María.
El Ministerio de Justicia ha solicitado ahora a la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva, donde se juzgó el caso, que le remita de forma "urgente" las actuaciones judiciales al objeto de "instruir el correspondiente expediente administrativo", como consta en el documento, al que ha tenido acceso en exclusiva Huelva Información.
Así, el ministerio que dirige Juan Carlos Campo pide a la Sala onubense que le envíe los autos "de detención, de ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza, de puesta en libertad, sentencia absolutoria, declaración de su firmeza", además de aquellas actuaciones las llevadas a cabo sobre la anulación de las medidas cautelares acordadas "respecto a la reclamante", la madre y mujer de las víctimas, Marianela Olmedo, "y la pieza separada de situación personal" de Medina.
Como explican fuentes jurídicas a este diario, el absuelto del doble asesinato (que se sigue investigando) podría aspirar a un máximo de 57 euros por cada uno de los días que pasó privado de libertad. La cuenta está clara: por las 1.197 jornadas que pasó entre rejas podría llegar a percibir 68.229 euros.
José Ignacio Bidón
"Este hombre ha salido absuelto porque la prueba tiene que ser concluyente y más vale absolver a un culpable que condenar a un inocente"
El abogado de las víctimas, José Ignacio Bidón, tilda de "escándalo" la iniciativa de Medina y señala que su solicitud ha debido presentarse ante el Ministerio hace "unas tres semanas aproximadamente". Desde su prisma, el almonteño exonerado por el tribunal popular "se equivoca" reclamando el dinero. "Si un cliente mío quisiera pedir una indemnización en una situación como la suya, yo no la pediría nunca: primero porque no se la van a dar, porque esa indemnización no palia el error interpretativo de un tribunal, sino que indemniza errores clamorosos o responsabilidades que no eran de esa persona", señala. Y segundo porque a su entender "este hombre ha salido absuelto porque la prueba tiene que ser concluyente y más vale absolver a un culpable que condenar a un inocente".
El Tribunal Constitucional dictó una sentencia en junio de 2019 en la que estimaba que todos los presos preventivos que queden finalmente absueltos deben recibir una indemnización del Estado sin que sean relevantes las causas de su exculpación. Pero esta interpretación de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) no tiene carácter retroactivo, y hay que recordar que la sentencia absolutoria firme de Francisco Javier Medina data de diciembre de 2018. El criterio, pues, será el precedente, que dictamina que solo obtendrían la reparación económica aquellos absueltos privados de libertad por "inexistencia del hecho imputado o por esta misma causa haya sido dictado auto de sobreseimiento libre".
Bidón indica que una vez que la Audiencia remita al Ministerio todo lo solicitado, se formará el expediente administrativo correspondiente y se dará traslado a la Fiscalía y a la acusación particular. "Está claro que tanto nosotros como el fiscal nos vamos a oponer porque el de Medina no es el supuesto que recoge la LOPJ".
El letrado avanza que "lo normal es que desestimen el acto administrativo, porque solo suelen estimarlo en casos en los que se ha averiguado que el culpable es otro y cosas así", como el de Dolores Vázquez con el caso Wanninkhof. En medio de todo esto, añade, el crimen de Almonte "se sigue investigando" y la instrucción "no es directamente contra él, pero indirectamente sí".
Aníbal Domínguez
"Supondría un nuevo y fulminante estoque a las familias víctimas y el esperpento más insuperable del sistema judicial español"
El hermano y tío de Miguel Ángel y María, Aníbal Domínguez, valoró al respecto que "nos oponemos a la petición de indemnización del no culpable por cuanto supondría un nuevo y fulminante estoque a las familias víctimas y el esperpento más insuperable del sistema judicial español".
En este sentido, señala que "la absolución por parte de un jurado popular no es óbice para tener que indemnizar a la persona considerada no culpable por cuanto se constata que el motivo de absolución no ha sido la constatación de la inexistencia de los hechos delictivos de los que fue acusado sino el hecho de que el jurado popular no contemplara suficientemente acreditada su participación".
Domínguez recuerda que la acusación contra Medina tenía su base en el atestado de la Guardia Civil, "todo bajo el fundamento de unas pruebas e indicios sólidos que determinaron su ingreso en prisión preventiva". Es más, el propio Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en su sentencia de ratificación del veredicto absolutorio dijo que "con tales indicios habría sido posible un veredicto de culpabilidad que no podría haber sido combatido".
Es por todo que el familiar de padre e hija asesinados en abril de 2013 en su casa de Almonte de más de 150 puñaladas manifiesta que "se cometería una aberración mayúscula si se accediera a lo solicitado por el no culpable, ya que su absolución por un tribunal del jurado decretando su no culpabilidad no quiere decir que los investigadores hayan actuado bajo criterios anormales ni la jueza instructora haya cometido ninguna prevaricación".
Aníbal Domínguez concluye que "nos parecería todo un carnaval del propio sistema que sí que no reparó en condenarnos a unas costas judiciales y esperamos no tener que sufrir una nueva estocada y ofensa descabellada".
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