¿Atas a tu perro en la puerta al entrar a una tienda?: Esta es la elevada multa que podría caerte

La Ley de Bienestar Animal prohíbe atar perros en la calle sin importar cuánto tiempo sea con una sanción de hasta 10.000 euros

El nuevo parque canino que encontrarás en plena naturaleza y en una de las playas más populares de Huelva

Un perro atado en la entrada de un establecimiento.
Un perro atado en la entrada de un establecimiento. / Alberto Domínguez
M.H

01 de febrero 2025 - 14:10

Huelva/La reciente Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, ha introducido importantes novedades en la forma en que los propietarios deben cuidar de sus mascotas, especialmente en lo que respecta a los perros.

Una de las prácticas más extendidas, pero que a partir de ahora queda totalmente prohibida, es la de dejar a los canes atados en la vía pública mientras sus dueños realizan alguna gestión o recado, por breve que sea. Atar al perro a una farola o poste y dejarlo sin supervisión directa puede acarrear multas de entre 500 y 10.000 euros, según establece el artículo 76 de la mencionada ley.

Aunque pueda parecer una acción inofensiva y temporal, dejar a un perro atado y solo en la calle supone exponerlo a diversos peligros y situaciones de estrés, sin tener en cuenta además posibles inclemencias meteorológicas. La nueva normativa es clara y taxativa al respecto: mantener a un perro atado en un espacio público sin la presencia y supervisión de su cuidador constituye una infracción leve, independientemente de la duración de dicha situación. La única excepción contemplada es que el responsable del animal permanezca junto a él vigilándolo en todo momento. Ante la detección de un can en estas circunstancias, especialmente si se encuentra en condiciones inadecuadas, cualquier ciudadano puede interponer una denuncia para que se aplique la correspondiente sanción.

Un perro paseando junto a su dueño.
Un perro paseando junto a su dueño. / Alberto Domínguez

El artículo 27 de la Ley 7/2023 explicita las "prohibiciones específicas respecto de los animales de compañía", entre las que se encuentra taxativamente la de "mantenerlos atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento".

Esto implica que está completamente vetado dejar al perro atado en la calle, aunque sea por un brevísimo lapso de tiempo mientras se entra a un establecimiento. Lo más recomendable en estos casos es optar por dejar al animal en casa si se van a realizar recados o gestiones rápidas. Si bien cada vez más comercios y espacios permiten el acceso con animales, el espíritu de la ley busca que los propietarios actúen de manera plenamente responsable, dedicando los paseos a disfrutar y ejercitar a su mascota y evitando exponerla a situaciones de riesgo innecesarias.

Denuncia ciudadana

Si un ciudadano detecta que un perro se encuentra atado en la vía pública sin la presencia ni supervisión de su cuidador, especialmente si se dan condiciones inadecuadas para el bienestar del animal, puede y debe interponer una denuncia ante las autoridades competentes. De este modo, se podrá identificar al responsable y proceder a la aplicación de la sanción correspondiente, velando así por el cumplimiento de la Ley de Bienestar Animal y contribuyendo a generar conciencia sobre la tenencia responsable de animales de compañía. Es fundamental en estos casos informar con el máximo detalle posible de las circunstancias de la situación para facilitar la tramitación de la denuncia.

Una pesrona pasea a su perro por las calles de Huelva.
Una pesrona pasea a su perro por las calles de Huelva. / Josué Correa

Tenencia responsable de animales

Más allá de la prohibición específica de dejar perros atados y solos en espacios públicos, la nueva Ley 7/2023 establece todo un conjunto de obligaciones y criterios para garantizar la tenencia responsable de animales de compañía. Entre otros aspectos, la normativa incide en el cumplimiento de sus necesidades fisiológicas, etológicas y ambientales, en línea con su especie y características individuales. También se regulan cuestiones como la identificación y registro obligatorios, los requisitos de crianza y venta, las condiciones de los espacios de alojamiento, medidas específicas para prevenir abandonos... El nuevo marco legal busca reforzar el vínculo entre animales y personas desde el respeto, los cuidados adecuados y la concienciación.

Adaptación progresiva a la nueva normativa

La entrada en vigor de la Ley 7/2023 supone un importante cambio en muchos aspectos relacionados con la tenencia de animales de compañía. Por ello, se establece un periodo transitorio para que los propietarios y otros agentes implicados puedan implementar de forma progresiva las nuevas medidas. En el caso de la prohibición de dejar perros atados en la calle, al tratarse de un aspecto de aplicación inmediata que no requiere adaptaciones específicas, su cumplimiento es exigible desde el mismo momento de la publicación de la ley en el BOE. Es importante que los dueños de perros interioricen y respeten esta norma, en aras de garantizar el bienestar de sus animales y evitar sanciones innecesarias.

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