Los atestados policiales por delitos de odio se triplican en Huelva en 2019
La provincia marca, junto con Cádiz, la tasa de incidencia más alta de Andalucía
Tres de cada cuatro infracciones penales están relacionadas con el racismo y la xenofobia
Huelva/Los atestados policiales relacionados con delitos de odio de Huelva se han triplicado en 2019. Así lo atestigua la estadística del Ministerio del Interior a la que ha accedido Huelva Información, en la que se precisa que la provincia cerró el año pasado con un total de 20 infracciones penales de estas características evidenciadas por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, mientras que en 2018 solo habían sido seis.
De este modo, Huelva se sitúa, junto con Cádiz, a la cabeza de Andalucía en la tasa de este tipo de hechos conocidos por cada 100.000 habitantes, con una tasa de 4 que rebasa la media española (3,6) y la regional (2,4).
Tres de cada cuatro atestados de esta tipología, 15 en total, estuvieron relacionados con el racismo y la xenofobia, de modo que Huelva lidera los delitos de odio en estas lides en la comunidad autónoma, donde se contabilizaron, por ejemplo, 12 en Málaga y Sevilla, respectivamente, o cuatro en Almería, otra provincia eminentemente agrícola y con mano de obra extranjera. Existen otros dos atestados por motivos ideológicos, dos por orientación sexual/ identidad de género y uno contra una persona con discapacidad.
Sin embargo, en la Sección de Tutela Penal de la Igualdad, Delitos de Odio y contra la Discriminación de la Fiscalía de Huelva constan la mitad de casos, diez. El fiscal delegado de esta especialidad, Pablo Belda, indica a este diario que "una cosa es cómo se incoe el atestado y otra es cómo llega al Juzgado de Instrucción o a la Fiscalía, y cómo se tramita".
En su inventario constan seis de la jurisdicción de adultos y cuatro en la de menores, en esta útima donde son "más relevantes y sí han tenido mayor recorrido porque se ha acabado acusando de un delito de odio".
Lo que sí detecta Belda, y así se expone en este capítulo de la Memoria del Ministerio Público, es que, "si bien es escaso el número de denuncias recabadas por la Fiscalía y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad sobre delitos de este tipo, ha habido cierto incremento en el número de procedimientos tramitados, pues en años anteriores en el ámbito de la jurisdicción de mayores eran casi inexistentes". De hecho, en 2018 solo se hubo uno.
Pablo Belda
"Los de menores son más relevantes porque se ha acabado acusando de un delito de odio”
Para que un delito sea calificado como de odio "tiene que haber un móvil de discriminación y tiene que ser por uno de los motivos que están expresamente tasados en el Código Penal", apunta el fiscal delegado. "Porque hay veces que puede haber otro delito que pueda ser una lesión de la dignidad de una persona pero que no sea por uno de esos motivos previstos en el artículo 510".
En la Memoria se hace referencia a los seis casos de 2019 en la jurisdicción de mayores. En el primero de ellos se interesó el sobreseimiento libre por delito leve de injurias, ya que los insultos consistentes en expresiones tales como "negro de mierda, vete a tu país..." constituían "un hecho aislado y está destipificado".
También se solicitó el sobreseimiento provisional de un procedimiento centrado en posibles injurias a los cuerpos policiales. "El investigado, tras la agresión sufrida por un agente de la Policía Local de Punta Umbría, escribió en un grupo público de Facebook: "¡No dejan mariscar, no dejan vender en la playa y encima vienen muy chulos a quitarle al hombre lo que tiene para buscarse la vida! Ojalá le hubiera metido en la yugular. Que robe o que venda droga es a lo que empujan a la gente estos cabrones, porque es lo que son, unos cabrones... ¡Militar y policía es la misma porquería! Son zánganos que no producen nada y hay que mantenerlos".
En este caso el Ministerio Fiscal entendió que los hechos no eran constitutivos "ni de un delito de odio (al ser el sujeto pasivo, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, distinto a los taxativamente enumerados en ese artículo del Código Penal) ni de un delito de injurias a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad (al no considerarse graves las expresiones vertidas)".
Otro de los asuntos, procedente del Instrucción 1 de Ayamonte, se investigó por un delito de lesiones con agravante de odio por razones de homofobia. Aquí la fiscal interesó "que sea nuevamente citado el perjudicado al médico forense para que elabore una pericial psicológica e informe sobre si sufrió daños morales".
Existió en 2019 otro expediente del Instrucción 3 de La Palma del Condado en el que los hechos consistían en la denuncia de un hombre "que manifestó que su exmujer había utilizado su homosexualidad en el procedimiento de guarda y custodia para alejarle de su hijo". Sin embargo, dice la Fiscalía, "en ningún momento se reflejaba en estos ninguna referencia a su condición de homosexual".
En el Juzgado de Instrucción 2 de Ayamonte se investigó una pelea en la que se emplearon expresiones racistas, si bien "no resultó acreditado que hubiera motivación racista o discriminatoria alguna", por lo que se derivó al fiscal del juzgado por si procedía su continuación con otra calificación.
El último entre los adultos, del Instrucción 4 de Ayamonte, "se remitió en octubre para informar sobre si se observaban elementos del delito de odio, pero el procedimiento llegó sin atestado/denuncia ni nada de lo que se desprendan los hechos objeto de la causa".
Es en la Sección de Menores donde se detectó una mayor incidencia de este tipo de delitos. El primero, todavía en trámite, consiste en la grabación y difusión a través de mensajería y redes sociales, por parte de los dos menores expedientados, de varios vídeos de carácter humillante o vejatorio de otro menor de edad con una discapacidad psíquica del 65% (autista).
El segundo tiene que ver con la denuncia de un menor que decía haber sido "agredido físicamente por la menor expedientada, pudiendo estar motivados los hechos por razón del origen nacional/ étnico de aquel". Una vez tomada declaración al perjudicado, se descartó la motivación xenófoba de los hechos.
En 2019 la Fiscalía de Menores acusó a cuatro menores porque, "con el deliberado propósito de lesionar la dignidad del perjudicado por razón de su orientación sexual, lanzaron varias piedras al lugar donde aquel se encontraba con dos amigas, aunque sin llegar a golpearlo, dirigiéndose posteriormente a aquel en los términos siguientes: "¿A dónde vas con esa cresta de pollo? Te huele la boca a pellejo, maricón". Por ello, se pidió, para tres de los menores, una medida de 18 meses de libertad vigilada y, para el cuarto, una medida de 18 meses de asistencia a centro de día.
Por último, se formuló acusación pública contra dos menores por un delito de odio, en concurso ideal con un delito de maltrato de obra, por haber intervenido "junto con otros dos sujetos mayores de edad, con el deliberado propósito de lesionar la dignidad del perjudicado por razón de su discapacidad (psíquica), lo acorralaron junto a la entrada de una frutería y le lanzaron diversos objetos, tales como latas de refrescos y piedras, golpeándolo en distintas partes del cuerpo, no constando que, como consecuencia de estos hechos, el perjudicado sufriese lesión alguna". Se reclamó para uno de ellos 20 meses de libertad vigilada y, para el otro, una medida de 20 meses de asistencia a centro de día, interesándose la prohibición comunicarse y aproximarse a la víctima.
También te puede interesar
Lo último