El Ayuntamiento de Huelva prepara una ordenanza para regular el uso de los patinetes eléctricos
Realiza una previa consulta pública para recabar la opinión de los ciudadanos y colectivos afectados
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El Ayuntamiento de Huelva prepara una ordenanza reguladora de los patinetes eléctricos, incluidos dentro de la categoría de vehículos de movilidad personal (VMP). Previamente realiza una consulta pública para recabar la opinión de los ciudadanos y colectivos sociales afectados. Según se apunta desde la Administración local, "la rápida proliferación de los vehículos de movilidad personal y su creciente uso en la sociedad, así como la decidida apuesta por preservar el medio ambiente, la movilidad sostenible, la lucha para disminuir la contaminación en la ciudad y la armonización de la convivencia de los mismos con los peatones y el resto de usuarios de la vía demanda una regulación de los citados vehículos y de su uso".
El Consistorio pretende redactar una ordenanza reguladora del uso y la circulación de vehículos de movilidad personal en el término municipal de Huelva contando con la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración de la norma, de ahí esta consulta pública previa para recabar la opinión de los ciudadanos "y de las organizaciones más representativas que potencialmente se puedan ver afectados por la misma", sobre una serie de aspectos como los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Esta norma se justifica en la necesidad de promover condiciones de seguridad para las personas usuarias de este tipo de vehículos y del resto de usuarios de los espacios por donde transitan, así como en la regulación del uso y la circulación de los mismos en la ciudad.
Es con el Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre, con el que se empieza a regular en España los vehículos de movilidad personal, en él se establece que estos requerirán para poder circular el certificado de circulación que garantice el cumplimiento de los requisitos técnicos exigibles por la normativa nacional e internacional recogidos en su manual de características, así como su identificación. La regulación de la circulación de los patinetes eléctricos, incluidos dentro de los vehículos de movilidad personal debe complementarse con una ordenanza municipal, ya que cada Ayuntamiento debe regularlo de una manera específica.
No obstante, según indica la Dirección General de Tráfico (DGT), todos los que circulen con este tipo de vehículos deben cumplir unas condiciones mínimas: No pueden circular por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. Las vías autorizadas para circular las indicará la ordenanza municipal, se permite la circulación por cualquier calzada urbana. La velocidad de estos vehículos deberá estar entre 6 y 25 kilómetros por hora. El VMP debe tener un certificado de circulación.
Sus conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo. No pueden llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo. Sólo puede ir una persona en el vehículo, y se recomienda que lleve casco, así como ropa reflectante si conduce de noche o hay visibilidad reducida. También se recomienda un seguro de responsabilidad civil.
Se considera VMP el que tiene una o más ruedas, de una única plaza y propulsado por motores eléctricos. Solo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado y pueden tener baterías de hasta 100 VCC y un cargador integrado de hasta 240 VCA de entrada. Debe tener sistema de frenado, timbre y luces y dispositivos reflectantes traseros y delanteros.
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