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La cultura es peligrosa. Quienes leen, quienes hacen acopio de obras literarias han sido históricamente perseguidos con centenares de etiquetas, acusados de herejía, de practicar la brujería más perversa o la masonería anticlerical. Algo parecido ha debido imaginar la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional para desestimar el recurso de apelación de un interno del Centro Penitenciario de Huelva para no permitirle tener todos sus libros en la celda.
La historia comenzó el pasado mes de noviembre cuando el recluso interpuso una queja ante el Juzgado Central de Menores en funciones de Vigilancia Penitenciaria para guardar su lectura en el interior de la celda, en concreto un montante de 33 libros que componen la actual biblioteca del interno.
Tal y como estimó el Juzgado Central, el Ministerio Fiscal al que se dio traslado de la queja, rechazó igualmente entrar a valorar lo que podría suponer para este recluso tener sus obras a mano.
El interno sin embargo, que se presupone menor de edad por el órgano que entra a dictar sentencia, no cejó en su empeño. Alega, según la sentencia a la que ha tenido acceso Huelva Información, que se vulneran en su caso su derecho a la libertad de información reconocido en el art.20.1 de la Constitución Española (CE) y el derecho a disponer de libros, periódicos y revistas de libre circulación según el artículo 58 Ley Orgánica General Penitenciaria (LOGP); de igual manera, entiende el preso a través de su representante legal, que los libros son herramientas indispensables en la reeducación y la reinserción social y que las penas privativas de libertad como la suya deben estar orientadas a este fin tal y como queda recogido en el art.25.2 CE.
El criterio de todos los juzgados por los que ha pasado el expediente, sin embargo, siempre ha sido unánime. Los libros -a excepción de una o dos obras por semana- deben estar fuera de las celdas. Según la deliberación y votación del cónclave de magistrados de la Audiencia Nacional, la conclusión es acorde a la de la dirección del centro.
A este respecto, en septiembre de 2022, el Subdirector de Seguridad del CP de Huelva, a través de un extenso informe, explicó que, en este tipo de celdas, se llevan a cabo diariamente registros y cacheos y que una biblioteca tan extensa (en el informe se habla de 66 libros), "dificultan el control de las pertenencias del recluso".
El apelante, según expone la jueza María Riera, es además "un interno en régimen de aislamiento, considerado de peligrosidad extrema e inadaptado" al que no se le niega el acceso a la información sino "el almacenamiento de todos los libros en su celda", algo que contraviene las normas que rigen el centro penitenciario onubense.
Concluyen sus señorías que no existe trato discriminatorio hacia el interno y que, si bien no puede tener todos sus libros en su celda, puede utilizar el servicio de biblioteca del centro, con los que el recluso tiene acceso hasta un total de tres libros por semana. El Auto de la Sala Penal, publicado esta semana, ha desestimado nuevamente la petición del demandante, por lo que tendrá que recurrir al Tribunal Supremo para poder tener acceso a los 33 libros que le acompañan durante su reclusión.
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