Un juzgado de Huelva condena a un banco a devolver 21.000 euros a un onubense tras sufrir un robo por piratas informáticos
Según la sentencia, el banco "no informó al demandante de los riesgos en este tipo de estafas, ni de cómo evitarlas". Dos años más tarde, la sentencia del juzgado condena al banco a pagar el dinero sustraído en un total de 27 cargos
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Un nuevo caso de "phishing" (robo informático) sale a la palestra y en esta ocasión ha sido la defensa de un onubense afectado, Juan Manuel Gallego, quien lo ha dado a conocer a Huelva Información, celebrando que en esta ocasión la víctima podrá recuperar la mayor parte del dinero que le sustrayeron. Así, explica que el juzgado número 5 de Huelva ha condenado a la entidad bancaria de la que era cliente el afectado a devolverle más de 21.000 euros. Un dinero que le robaron de su cuenta unos hackers informáticos en 2022. La víctima había recibido un mensaje SMS en su móvil, a través del cual los piratas informáticos se hacían pasar por la entidad financiera.
Según la sentencia, el banco "no informó al demandante de los riesgos en este tipo de estafas, ni de cómo evitarlas". Además, el robo coincide con la circunstancia de que una brecha en los sistemas de seguridad de la entidad provocó que miles de personas en España sufrieran esta misma estafa informática entre los años 2022 y 2023, tal y como el jefe de seguridad del banco confirmó en el juicio. Ahora, dos años más tarde, la sentencia del juzgado condena al banco a pagar el dinero sustraído en un total de 27 cargos.
Los hechos ocurrieron el 23 de junio del 2022 a las 10:30 de la mañana, cuando el afectado se percató de varios movimientos en su cuenta que se habían efectuado sin su autorización. Tras ponerlo en conocimiento de su entidad bancaria, la misma le informó de que, efectivamente, se habían realizado un total de 28 operaciones por valor de 27.057,98 euros (22.100 euros de su cuenta y 4.947,98 euros de su tarjeta) y que probablemente se tratara de una estafa. La víctima, explicó que "no había facilitado ninguna clave de seguridad y ninguno de sus datos personales a terceras personas, desconociendo cómo habían podido acceder a su cuenta".
Tras ello, puso una reclamación contra el banco indicando que "debió avisarlo de las operaciones e inmediatamente bloquear sus cuentas, lo que no hizo" y desde la entidad financiera le respondieron que "dichas operaciones fueron registradas, autenticadas mediante sistemas de autentificación reforzada con claves OTP enviadas a través de SMS al número de teléfono de la víctima". Por ello el banco consideraba "que no procedía atender la devolución de los importes, si bien no se discutía que en el origen de las operaciones se pudiera encontrar una actuación fraudulenta que deberían determinar su caso los tribunales". Por ello, la víctima interpuso una demanda contra el banco reclamando la cantidad total de 23.494,99 euros.
Ahora, dos años después, la sentencia dictamina que "es la entidad la que ha de responder por el resultado de la mayoría de las operaciones, exceptuando 4 bizums de 500 euros cada uno, enviados el día 22 por la mañana que podrían corresponder a operaciones realizadas por el demandante, y por tanto la entidad no está obligada a su reintegro". En conclusión, tal y como reza la sentencia, "la entidad ha de abonar al demandante la suma de 21.384,99 euros".
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