La enfermera condenada por intoxicar con metadona a sus compañeros en la cárcel de Huelva: "Lucho por demostrar que soy inocente porque se basan en informes falsos e infundados"

E. M. S. presenta un recurso de casación ante el Tribunal Supremo después de haber sido condenada a 21 años de prisión, con lo que dice no estar de acuerdo porque "estoy siendo culpada de algo que no he hecho"

Argumenta que su caso se basa en "suposiciones y acusaciones sin fundamento" y asegura que no intoxicó con metadona y otros fármacos a los siete compañeros de trabajo

E. M. S., enfermera de la prisión de Huelva, presentó recientemente un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
E. M. S., enfermera de la prisión de Huelva, presentó recientemente un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. / Juan Carlos Muñoz

"Estoy luchando por demostrar que soy inocente". E. M. S., la enfermera condenada a 21 años de prisión por intoxicar con metadona y otros fármacos a siete compañeros en la cárcel de Huelva entre julio y noviembre de 2018, mantiene su "total inocencia", según asegura en una entrevista en 'Huelva Información'. Pese a que, reconoce, "las esperanzas se están desvaneciendo, no voy a dejar de luchar para qye se sepa la verdad y para que mi familia pueda tener paz", pues "este proceso está destruyendo mi vida y la de mi familia", expresa con voz entrecortada, aunque segura.

La enfermera presentó recientemente un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS), argumentando que su derecho a la presunción de inocencia fue "vulnerado", así como que las pruebas en su contra son "inexistentes", en tanto que considera que las mismas "se basan en informes falsos e infundados". Al Tribunal Supremo le pide que "mire bien lo que sucedió en el juicio y que estudie con detenimiento las pruebas, porque no me incriminan. Mi caso está basado en suposiciones y acusaciones sin fundamento", manifiesta la condenada quien, por el momento, permanece en libertad, a la espera de que se resuelva el referido recurso de casación.

E. M. S., enfermera de la prisión de Huelva, presentó recientemente un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
E. M. S., enfermera de la prisión de Huelva, presentó recientemente un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. / Juan Carlos Muñoz

"Lo que pedimos con este recurso es lo mismo que he estado diciendo desde el principio: no hay pruebas que me incriminen", argumenta la enfermera, que alude al empleo de "informes que no son reales porque no hay diagnóstico alguno que indique que mis compañeros se intoxicaron por metadona". Subraya que "los médicos que atendieron a mis compañeros no dijeron que sus síntomas se debieran a una intoxicación por metadona; es más, cuando se hicieron análisis de pelo, tampoco se detectaron niveles de metadona en los días indicados en la acusación. Y pese a ello, la sentencia sigue afirmando lo contrario. No entiendo cómo se puede tomar como prueba algo que no se ha demostrado", resume E. M. S., quien no puede ocultar su frustración e indignación ante lo que considera "un atropello hacia mi persona, porque estoy siendo culpada de algo que no he hecho".

Una condena a 21 años que ratificó el TSJA

E. M. S. fue condenada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva en noviembre de 2022 -el juicio se celebró en septiembre del mismo año- que la consideraba "autora criminalmente responsable" de cuatro delitos de lesiones por los que se le condenó a dos años y tres meses de prisión, por cada uno de ellos, además de otros seis delitos por lesiones al resto de las víctimas, con dos años de prisión por cada uno -lo que sumaba otros doce años de prisión-. Posteriormente, la sentencia fue ratificada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Imagen del juicio donde aparece la condenada.
Imagen del juicio donde aparece la condenada. / E. P.

No obstante, la propia Audiencia Provincial fijó que el máximo de cumplimiento efectivo de la condena no podrá exceder de seis años y nueve meses de cárcel. De igual modo, la Audiencia Provincial de Huelva impuso a esta enfermera la inhabilitación para el ejercicio de dicha profesión durante el tiempo de duración de la condena, así como la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 300 metros de las víctimas durante un plazo de once años y nueve meses. También se le impuso el pago de una indemnización a los afectados con un total de 61.840 euros, declarando la responsabilidad civil subsidiaria del Ministerio de Interior -Secretaría General de Instituciones Penitenciarias- respecto de la indemnización establecida.

El TSJA sostiene en su sentencia que la Audiencia determina como hechos "plenamente probados" que la enfermera tuvo acceso a la metadona y a otros medicamentos y utilizó este acceso para adulterar la comida de sus compañeros. "Le era fácil aprovechar la franja horaria intermedia entre la salida de su turno y la entrada del posterior para introducir la metadona y las otras sustancias en los alimentos alojados en la nevera o en armarios anexos", recoge la sentencia.

También consideraba probado que, entre los meses de julio y noviembre de 2018, la acusada "tomó unas cantidades indeterminadas de metadona, diazepam y pregabalina" de la mencionada farmacia "con la intención de mezclar tales sustancias con los alimentos que, para consumo propio, guardaban sus compañeros en una nevera de uso común que estaba ubicada en la sala de descanso localizada en dichas dependencias del área de farmacia y enfermería".

La enfermera defiende que "todos tenían acceso" a la metadona y que pudo ser "cualquiera"

La enfermera se desmarca de tal acusación e insiste en que a la metadona podían acceder otros funcionarios, no solo ella, así como que no existen pruebas que respalden esas intoxicaciones de las que se le acusa. "La metadona estaba disponible para muchos funcionarios, de hecho, la farmacia de la prisión estaba abierta todo el día y, en muchos momentos, sola y sin supervisión", expone, al tiempo que indica que, "al no estar restringido el acceso, cualquiera podía entrar a la farmacia y a los armarios donde se guardaba". Lo rechaza de forma categórica y, si bien reconoce haber tenido acceso a las sustancias, "como muchos otros, explica que eso "no la convierte en culpable".

También se muestra tajante en su negativa a que las intoxicaciones coincideran con su horario de trabajo. "Es totalmente falso", asegura, al tiempo que indica que, "en algunos casos, las intoxicaciones de las que hablan ocurrieron después de que yo me hubiera ido, y aún así me acusan".

Sobre ello, prosigue el TSJA en su sentencia, "resulta descartable tanto una autointoxicación por parte de los lesionados afectados por la ingesta de la metadona y demás fármacos como el logro de la implementación de una suerte de sospechas por parte de los integrantes de la investigación policial a los anteriores que les indujese a declarar en un sentido desfavorable a la acusada". "No se ha apreciado razón objetiva de signo alguno para que este tribunal de alzada se aparte de la valoración de la prueba reflejada por el tribunal de instancia en su sentencia", señaló.

Cuestionada, por ende, por el motivo de que le acusen a ella, sostiene que "es muy difícil saberlo, pero lo único que puedo pensar es que otra persona en la prisión haya estado detrás de todo esto. Lo que no entiendo es cómo mis compañeros, que sabían que yo no tenía nada que ver, se pusieron de parte de la acusación sin pruebas". Considera esto último como un acto de complicidad o indiferencia.

Tras ello, la defensa de la acusada recurrió la sentencia en apelación alegando vulneración del principio constitucional de presunción de inocencia; error en la valoración de la prueba; ruptura de la cadena de custodia, y vulneración del principio in dubio pro reo, solicitando el dictado de una sentencia absolutoria, mientras que la acusación particular también recurrió mostrando su disconformidad con las indemnizaciones fijadas en la sentencia, todo lo cual fue rechazado por el TSJA.

Dice al respecto el TSJA que las pruebas fueron recogidas "válidamente" y llevadas a la presencia del tribunal "con las garantías" formales inherentes a un juicio justo y equitativo; y que la valoración de esos elementos probatorios por el tribunal de primer grado fue "racional, adecuada a las reglas de la lógica y conforme indica la experiencia proyectada sobre ese tipo de evidencias". Y E. M. S. vuelve a decir que tales informes no existen, insistiendo en su inocencia.

"Discutir por un tema de trabajo no tiene que significar querer hacer daño"

De otro lado, el TSJA consideró que la sentencia de la Audiencia probaba que "existía por parte de la acusada un patente antagonismo y una competitividad con sesgos de naturaleza tóxica con relación" a uno de los lesionados, que ejercía de supervisor de enfermería de la prisión y que "fue de lejos el más afectado" por la administración de metadona y benzodiacepinas, "en su empeño por lograr" esta plaza. Ante ello, la enfermera sostiene que "no tenía ningún motivo para causarle problemas", pues lo único que pasó entre ellos tiempo atrás "fue un desacuerdo por una reunión de cara a la Navidad, una discusión que no fue a más y que no desembocó en que yo quisiera hacerle daño, no tiene sentido".

"Con impotencia" espera la enfermera la resolución de su recurso de casación porque, insiste, "estoy siendo acusada de algo que no hice, y no me escuchan", manifiesta a este diario visiblemente afectada. No obstante, "segurié luchando por mi inocencia y confiaré en que el Tribunal Supremo estudie detenidamente las pruebas aportadas".

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