Hacienda podría multarte al hacer una transferencia a un familiar: esta es la multa que podrías pagar

La cantidad a partir de la cual Hacienda entiende que hay declarar mediante el modelo oficial es 10.000 euros.

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Dinero intervenido por la Policía Local de Isla Cristina.
Billetes de 50 euros. / M. G.

Las transferencias entre familiares se dan habitualmente en el día a día. En caso de que sean operaciones de un mismo banco, se considera traspaso y llegan al instante. Como un Bizum. Precisamente, las transferencias también pasarán a ser inmediatas en 2025, y sin costes. Es una era en la que es habitual pasar dinero entre familia y amigos por regalos, por comidas, por gastos en común. Aún así, debe extremarse la precaución con los importes. A partir de cierta cantidad, Hacienda investiga.

La razón no es otra que la sospecha por parte del fisco de que se pueda estar haciendo una donación y evitando tributar por ello. La existencia de un Impuesto de Donaciones y Sucesiones hace que la Agencia Tributaria ponga el foco sobre ciertas transferencias que se realizan sin declararse por esta vía. Pues es también muy común que unos padres o abuelos decidan ayudar a sus hijos o nietos con una reforma de la casa, la entrada de un coche o un refuerzo para pagar una casa.

La cantidad a partir de la cual Hacienda entiende que hay declarar mediante el modelo oficial es 10.000 euros. Por debajo de esta cifra, no es necesario presentar nada. Este tope se impone para vigilar en el día a día la posible realización de una donación encubierta. Esto se traslada tanto a personas como a empresas. Sin embargo, la alerta de Hacienda salta a partir de los 6.000 euros, según la Ley 10/2010, del 28 de abril de prevención contra el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Por lo que lo más prudente es evitar hacer transferencias que sobrepasen los 6.000 euros.

¿Cómo funciona el Impuesto de Donaciones y Sucesiones?

Según el dinero donado, habrá que abonar una cantidad mayor por este tributo cuyo porcentaje de gravamen es diferente en cada comunidad autónoma. Siempre y cuando las transferencias no superen los 6.000 euros no debe declararse. En caso de que así sea, para evitar que alguna vez llegue una carta requiriendo información que pueda derivar en multa, es necesario declararlo como donación.

La Agencia Tributaria entiende como grave no declarar los medios de pago. El coste de la multa mínimo es de 500 euros y el máximo hasta el 50% del valor de los medios de pagos. En el caso de Andalucía, una donación está gravada al 1%. Por lo que en caso de hacer una transferencia de 8.000 euros, para evitar sustos, habría que declararlo vía donaciones y el importe a pagar al fisco serían 80 euros.

Los movimientos que Hacienda vigila

Las entidades bancarias están obligadas a aportar los datos y movimientos de todos sus clientes. De ahí que hay otras acciones que se realizan que también pueden despertar la atención del administración tributaria. Por ejemplo, el depósito o retirada en efectivo de más de 3.000 euros.

Las personas que presentan un cheque, pagaré o letra de cambio, así como todos los agentes implicados en transacciones de más de 1.000 euros, deben ser debidamente identificados. Todo esto pasa a una base de datos para seguir irregularidades que puedan avisar de delitos económicos.

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