Condenado a cinco años de cárcel por abusar sexualmente de su nieta seis años en Huelva

Además de la pena de cárcel deberá indemnizar al representante legal de la menor y tras salir de prisión tendrá libertad vigilada durante cinco años

La ley del 'solo sí es sí' rebaja de 10 a 7 años la condena a un hombre por abusar en Huelva de su hijastra menor de edad

Fachada de la Audiencia Provincial de Huelva.
Fachada de la Audiencia Provincial de Huelva. / EFE

Huelva/Un hombre ha sido condenado por abusar sexualmente de su nieta de 6 años aprovechando los días que la cuidaba cuando los padres de esta y su mujer trabajaban.

La Audiencia onubense consideró probado que el acusado, en fechas indeterminadas pero comprendidas entre los años 2012 a 2015, en el domicilio familiar, aprovechando que su nieta, que tenía 6 años, se quedaba a su cuidado durante los fines de semana y algunos días de la semana al tener sus padres que atender sus obligaciones laborales y que su mujer trabajaba en un bar, realizó tocamientos en los genitales de la niña por encima y por debajo de la ropa. Asimismo, hizo frotamientos de sus genitales con la zona de los glúteos y genitales de la menor, hechos éstos que "se produjeron en numerosas ocasiones y que cesaron cuando la niña tenía 9 años".

Por ello, la Audiencia de Huelva lo condenó a cinco años y un día de prisión como autor penalmente responsable de un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años, así como a la pena de prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la menor o comunicarse con ella durante seis años y un día.

Además de la pena de cárcel, la sentencia le impone la inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad, por un tiempo de 10 años y un día, así como a la pena de prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la víctima y a comunicarse con ella por seis años y un día.

En concepto de responsabilidad civil debe indemnizar al representante legal de la menor en la suma de 8.000 euros por daño moral en concepto de responsabilidad civil.

Por último, se impone al condenado la medida de libertad vigilada durante cinco años, que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad y el pago de las costas.

Frente a ello, la defensa interpuso un recurso con la solicitud de que el TSJA revocara el fallo y en su lugar se le absolviera del delito de abuso sexual. Ante ello, tras realizar el Alto Tribunal andaluz la prueba de cargo ha desestimado la apelación y ratifica la condena de la Audiencia con fecha de febrero de 2024.

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