La ley del 'solo sí es sí' rebaja de 10 a 7 años la condena a un hombre por abusar en Huelva de su hijastra menor de edad

El TSJA reduce los años de prisión de un hombre que abusó sexualmente de la hija de su pareja, cuando esta tenía 15 años de edad

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Un furgón de la Policía Nacional en la Audiencia Provincial de Huelva.
Un furgón de la Policía Nacional en la Audiencia Provincial de Huelva. / Alberto Domínguez

Huelva/El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de diez a siete años de prisión la condena impuesta a un hombre por abusar sexualmente de la hija menor de su pareja, de 15 años, en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de Garantía Integral de la Libertad Sexual conocida como la ley del 'sólo sí es sí'.

La sentencia estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por el condenado contra el fallo de la Audiencia Provincial de Huelva que lo condenaba a esos 10 años y aplica, como este solicita, la normativa más favorable para él si la aplicada en dicho fallo, correspondiente a la fecha en la que cometió el delito, resulta más gravosa.

En aplicación a esa norma de 2022 la pena a imponer al acusado por el delito de abuso sexual a menor de 16 años se reduce de diez a siete años; y se le imponen dos penas nuevas no previstas en la legislación precedente que aplicó la Audiencia: inhabilitación especial para el ejercicio de los derechos de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento que pudiera ostentar sobre menores de edad, por cuatro años; e inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad por cinco años.

Se mantiene la prohibición de aproximación y comunicación de la víctima por un período de cinco años; el cumplimiento de cinco años de libertad vigilada tras cumplir la pena de prisión y el pago de una indemnización a la víctima, en concepto de responsabilidad civil, de 20.000 euros.

Se considera probado que el acusado, en 2019, vivía en una vivienda junto con su esposa, la hija de esta, nacida en 2004, y otras dos hijas menores nacidas del matrimonio de ambos.

En mayo de 2019 durante la celebración de una romería, el acusado se encontraba durmiendo en una caravana con su mujer y las hijas en común. Al llegar a la caravana la hija de su esposa se acostó junto al acusado que la tocó en los genitales, levantándose ella y acostándose en otra litera.

Unos tres meses más tarde, la menor se encontraba acostada en la casa de su abuela materna, yendo el acusado a tumbarse a su lado. Él le cogió la mano para que agarrara sus partes, le realizó tocamientos en los genitales y la penetró vaginalmente.

A consecuencia de tales hechos, la menor ha desarrollado un cuadro de problemas emocionales, depresión, ansiedad, quejas somáticas y sintomatología post traumática.

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