Once años de cárcel a un hombre por abusar de su pareja en Huelva después de haberla amenazado con difundir un vídeo íntimo suyo

El condenado obligaba a su pareja a a mantener "relaciones sexuales con penetración" y la mujer accedía ante la amenaza de "divulgar un vídeo en las redes sociales si no aceptaba"

Dos años de cárcel a un hombre por falsificar contratos de compraventa para quedarse con dos fincas en Huelva

Audiencia Provincial de Huelva en una imagen de archivo. / Alberto Domínguez

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de 11 años de cárcel a un hombre por agredir sexualmente de forma continuada a su pareja sentimental tras amenazarla con difundir un vídeo íntimo si no accedía a mantener relaciones.

En una sentencia, el TSJA desestima el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado contra la resolución de la Sección Tercera de la Audiencia de Huelva que lo condenó a dicha pena de prisión por un delito continuado de agresión sexual.

Le imponía, además, la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de 500 metros de la víctima durante doce años y un día, así como a indemnizarla con 30.000 euros por el daño moral causado.

Se considera probado que el condenado mantuvo una relación sentimental con la víctima desde el mes de agosto del año 2021, iniciando ambos la convivencia en el mes de diciembre de ese mismo año en el domicilio de él.

Aproximadamente desde febrero de 2022, el hombre cambió su comportamiento hacia su pareja, "comenzó a decirle de manera persistente y con ánimo intimidatorio que tenía un vídeo que había grabado mientras ambos mantenían relaciones sexuales consentidas que iba a divulgar en las redes sociales si no aceptaba" sus imposiciones, "obligándola a mantener relaciones sexuales con penetración". La mujer accedía "ante el profundo temor que la divulgación de dicha grabación le causaba".

Así, la agresión sexual se produjo durante toda la madrugada y hasta la mañana del día 25 de abril de 2022, cuando el acusado paró en su conducta y se quedó dormido, momento que aprovechó la víctima para marcharse de la vivienda y dirigirse a un centro de salud.

En su recurso, el condenado alegó la nulidad de las actuaciones desde el escrito de calificación provisional del fiscal, la vulneración del derecho a la intimidad y secreto de las comunicaciones, la nulidad del escrito de acusación del Ministerio Público, la vulneración del derecho a la presunción de inocencia o error en la valoración de la prueba. De manera subsidiaria, solicitó que fueran apreciadas la atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada y la eximente completa, incompleta o atenuante de drogadicción.

Todo ello ha sido desestimado por el TSJA en una sentencia contra la que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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