Tres onubenses mueren por eutanasia en los dos primeros años de la Ley
Más de 130 médicos de Huelva se acogen a la objeción de conciencia
Un año de Ley de Eutanasia con al menos un onubense interesado en ella
Huelva/Cerca de dos años han transcurrido desde que entrase en vigor en España la Ley de Eutanasia, aquella que entiende el derecho de toda persona, que cumpla con las condiciones exigidas por la ley, a solicitar y recibir la ayuda necesaria para una muerte digna. Tres han sido los onubenses que han muerto por eutanasia desde entonces, según confirman a este diario desde la Junta de Andalucía.
Este derecho generaba un gran debate social hacía dos décadas, pero lo cierto es que, dos años después de su entrada en vigor, ha permitido que tres onubenses y 29 andaluces, cuyo sufrimiento no tenía más cabida, pudiesen morir de forma digna.
"La vida es propiedad nuestra", subraya a esta redacción el presidente en Andalucía de la Asociación Derecho a Morir Dignamente, Gabriel Sánchez, quien expone que "queremos que la persona muera libre y de forma digna, sin sufrimiento y sin una larga agonía". Es, prosigue, "una decisión personal de la persona en cuestión".
La prestación de la ayuda para morir se incluye en los servicios del Sistema Nacional de Salud, mientras que cuenta con financiación pública. De este modo, se ponen a disposición de la persona que ha manifestado su deseo de morir los medios necesarios para ello, y de acuerdo al procedimiento y garantías que establece la Ley.
De acuerdo a la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE), las personas mayores de edad con un sufrimiento intolerable a causa de una enfermedad en fase terminal, o por una enfermedad irreversible con limitaciones en su autonomía física podrán pedir una eutanasia a su médico.
A nivel andaluz, desde la Asociación Derecho a Morir Dignamente reclaman "más información y formación", toda vez que piden la figura de equipos referentes, "aquellos que, interesados en la Ley, sean guías y puedan aconsejar a los profesionales".
Los requisitos para ello son: ser mayor de edad; tener nacionalidad española o llevar al menos un año empadronado en España; contar con toda la información sobre su dolencia, diagnóstico, pronóstico y alternativas terapéuticas, incluidos los cuidados paliativos; realizar al menos dos peticiones con 15 días de separación entre ellas; y estar en fase terminal o tener una dolencia incurable que provoque sufrimientos insoportables y limitaciones graves a la autonomía física. Todo ello se traduce en un proceso que, como pronto, puede prolongarse durante 40 días.
El primer paso a seguir es el relativo a la elección del médico responsable de la eutanasia, que habitualmente suele ser el médico de familia. En este sentido, la Asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD) explica a este diario que su recomendación es que, antes de presentar la solicitud, "se debería conversar con el médico para saber si está o no dispuesto a comprometerse a ayudar a morir". Al respecto, desde DMD se pone de manifiesto que "falta formación e información" para los médicos sobre esta cuestión, "pues sucede que la falta de apoyo de la administración a la ley de eutanasia puede crear una situación de desconcierto en la que hay médicos que se niegan a recoger la primera solicitud".
Si el médico es objetor de conciencia, "lo debe comunicar" y, además de comunicarlo a la persona interesada, debe informar a su inmediato superior, que tiene la obligación de buscar otro profesional que asuma la responsabilidad del proceso.
A este respecto, conviene apuntar que Huelva es una de las provincias donde más médicos se han acogido a la objeción de conciencia, con 131. Solo le superan Sevilla (184), Córdoba (154) y Málaga (144). Menor es el número de profesionales objetores en Cádiz (84), Granada (45), Jaén (32) y Almería (29).
Una vez el médico adquiera el compromiso, en el plazo máximo de dos días, llevará a cabo un proceso deliberativo en el que se estudien pros, contras y alternativas a la eutanasia.
La Ley exige una segunda solicitud con al menos 15 días de diferencia respecto a la primera. Si la persona reafirma su decisión, el profesional debe consultar con un segundo facultativo o médico consultor que también debe estudiar y examinar al paciente. Si ambos profesionales coinciden en que el proceso se ajusta a la Ley remitirán un informe a la Comisión de Garantías y Evaluación (formada el pasado noviembre en Andalucía y compuesta por cinco médicos, cinco juristas y tres enfermeros con experiencia en bioética), que lo evalúa y si su resolución es favorable, se lo comunica al médico responsable para que se proceda la eutanasia en el momento que lo decida la persona que lo solicitó.
Testamento vital
Las personas interesadas, de acuerdo al texto legal, pueden solicitar la eutanasia de forma anticipada, a través del testamento vital. El mismo entra en vigor cuando se pierde de forma irreversible la capacidad de decidir y expresar la voluntad, de manera que no se puede cambiar de opinión porque ya se ha perdido la capacidad incluso de tenerla. La Asociación Derecho a Morir Dignamente invita a los ciudadanos a realizar este testamento con el objetivo "de evitar el encarnizamiento terapéutico, lograr que alivien el sufrimiento con todas las medidas disponibles (incluida la sedación paliativa) y evitar que se prolongue el proceso de morir. En Andalucía lo llaman Voluntades Vitales Anticipadas.
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