Uno de los regalos estrella de la Navidad en Huelva puede conllevar hasta 225.000 euros de multa: "No son juguetes"

Juguetes, en una imagen de archivo.
Juguetes, en una imagen de archivo. / M.G

Huelva/Los regalos tecnológicos son un recurso muy habitual para las Navidades, y aunque los ordenadores, teléfonos y tabletas siguen apareciendo muy arriba en las listas de deseos, los drones se han ido entremetiendo poco a poco en las cartas a Papá Noel y los Reyes Magos. Ahora bien, los drones no es un regalo como cualquier otro puesto que el manejo de estas pequeñas aeronaves a control remoto llevan aparejadas una serie de recomendaciones, y lo que es más importante, de obligaciones y prohibiciones.

En esta línea, la Guardia Civil acaba de publicar un vídeo en su cuenta de Tik Tok en el que desde el equipo Pegaso, la unidad del cuerpo especializada en desarrollar funciones relacionadas con el control de la aviación, los campos de vuelo, helipuertos y también los drones, recuerdan que a la hora de comprar alguna de estas aeronaves hay que tener en cuenta "que no son juguetes": "tienen que cumplir una serie de requisitos legales" advierten.

Todo lo relacionado con los vuelos de drones puede consultarse en una aplicación gratuita del Ministerio de Fomento llamada ENAIRE y que está disponible en la app Store de Google Play. La aplicación presenta sobre un mapa los espacios aéreos de España de relevancia para el vuelo de drones como áreas de control aéreo o zonas de seguridad a respetar respecto a los aeropuertos, helipuertos o bases militares que pueden requerir un permiso para volar este tipo de aeronaves.

@guardiacivil

🎁¿Has pedido por Navidad un dron? ⚠️ No todos los drones son un juguete ❌🧸 son aeronaves con unos requisitos legales para su uso📜 👀 Recuerda que el dron de juguete siempre debe tener recomendación de uso para menores de 1️⃣4️⃣ años

♬ Dj Fly Me to the Moon - Astrid Fvnky

Regulación legal de drones

A parte de la guía que puede suponer esta 'app' para saber dónde se puede volar un drones, en España existe una normativa (bastante restrictiva además) con estas pequeñas aeronaves que es el Real Decreto 1036/2017 y que se encarga de regular el uso de las aeronaves pilotadas por control remoto, tanto para uso recreativo como profesional. Estas restricciones varían según el peso del propio aparato, siendo más permisiva para aquellos que tengan un peso inferior a 250 gramos.

  • Los que presenten un peso inferior a los 250 gramos tienen que llevar por obligación una placa de identificación ignífuga tanto para el mismo aparato como para la emisora. El dron tiene que estar siempre a la vista del que lo manipula y en FPV -First Person View o en español, vista en primera persona- contar con un observador. No se pueden realizar vuelos que superen los 120 metros de altura, se debe volar de día y en condiciones meteorológicas favorables, además de respetar la ley de Protección de datos y del Derecho al Honor. Los vídeos o fotografías realizados con drones recreativos tienen terminantemente prohibido su comercialización. En cambio, para la publicación en las redes sociales deben cumplir la Ley de Protección de Datos.

Por otra parte, si se incumpliera alguna de las normas que se han expuesto anteriormente, el dueño de esta pequeña aeronave a control remoto debe asumir las sanciones económicas que, según la gravedad, podrían ascender a los 225.000 euros.

La aeronave tiene prohibido sobrevolar instalaciones militares, campos de maniobras o desfiles. Del mismo modo no puede sobrevolar a menos de ocho kilómetros de distancia de cualquier aeropuerto o espacio aéreo controlado. También tiene prohibido acercarse a prisiones, centrales nucleares, edificios gubernamentales y estadios deportivos.

Lo único que se permite es el vuelo nocturno hasta 50 metros de altura, sobre aglomeraciones de personas sin superar los 20 metros, sobre aglomeraciones de edificios hasta los 20 metros y volar en el interior de un almacén o nave.

Se recomienda que aquellas personas que piloten drones posean una licencia oficial de piloto y un seguro de responsabilidad civil.

  • Drones de menos de 2 kg y más de 2 kg. Tienen las mismas obligaciones, prohibiciones y recomendaciones que los que pesen un máximo de 250 gramos, exceptuando que sólo tienen permitido el vuelo nocturno hasta 50 metros de altura y volar por el interior de una nave o almacén.
  • Drones que superen los 2 kg. Sólo tienen permitido el vuelo en el interior de un almacén o nave.
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