El SAS tendrá que pagarle más de 34.000 euros a una paciente de Huelva por recibir "lesiones" del personal al ser "inmovilizada" cuando llegó a urgencias

Acceso principal al hospital Juan Ramón Jiménez.
Acceso principal al hospital Juan Ramón Jiménez. / H.I

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) abonará 34.029 euros a una paciente por el daño iatrogénico -no deseado- producido por el personal sanitario al ser inmovilizada cuando llegó al Servicio de Urgencias del hospital Juan Ramón Jiménez de Huelva.

El Consejo Consultivo de Andalucía ha dictaminado favorablemente la propuesta de resolución estimatoria parcial de la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada frente al SAS por la perjudicada, que, sin embargo, recibe una cuantía inferior a los 85.780,95 euros que inicialmente reclamaba.

Según el dictamen, la reclamante invoca un daño iatrogénico, que es un daño no deseado ni buscado en la salud, causado o provocado, como efecto secundario inevitable, por un acto médico legítimo y avalado, destinado a curar o mejorar una patología determinada, producido al ser inmovilizada cuando llegó al Servicio de Urgencias.

En el informe emitido por el facultativo del Servicio de Gerencia de Riesgos se ha constar que el sistema utilizado para efectuar la contención del paciente, farmacológica y física, le produjo lesiones, como neuropatías focales parciales de los nervios radial, cubital y proximal y neuroapraxias.

El Consultivo ha indicado que no existe controversia en cuanto a los hechos ni en cuanto a las lesiones producidas ni a la existencia de nexo causal, que es plenamente admitida en la propuesta de resolución del SAS, quedando por tanto acreditada la relación de causalidad entre la lesión y la asistencia sanitaria recibida.

La discrepancia radica en el montante indemnizatorio en tanto que la parte reclamante incluye el periodo de hospitalización en el que acontecen los hechos y la propuesta de resolución considera que no debe ser objeto de indemnización puesto que esta hospitalización no se produjo por consecuencia de dichas lesiones sino que fue motivada por la infección urinaria que padecía.

La propuesta de resolución del SAS, que avala el Consultivo, matiza el alcance del daño y su valoración en los conceptos invocados por la parte reclamante, y la fija en 34.029,65 euros, que es la cifra que recibirá el reclamante. 

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