Suspendida la prisión a un condenado a doce meses por matar a tiros a un perro y tirarlo a un pozo en Huelva
La sentencia está condicionada a que "no delinca en un período de dos años" y a pagar 1200 euros de multa
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Huelva/La Audiencia Provincial de Huelva ratifica la condena de doce meses de prisión del Juzgado de lo Penal 1 por un delito de maltrato animal para un hombre que disparó contra el perro de otra persona causándole la muerte y tirando después el cuerpo del animal por un tubo de 25 centímetros de diámetro en un pozo artesiano. Sin embargo, la sentencia de la Sección Primera también recoge que concede al penado el beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena de prisión.
La sentencia señala que esta suspensión está condicionada a que "no delinca en el período de dos años a partir de la fecha de firmeza de la resolución, así como que a que abone los 1.200 euros de multa en concepto de responsabilidad civil impuesta "en el plazo máximo de dos meses a partir de la fecha de firmeza de la resolución".
Así las cosas, el acusado apeló la sentencia, pero la Audiencia Provincial de Huelva ha desestimado el recurso y confirma la misma "en todos sus extremos". De este modo, la Audiencia acepta los hechos probados en septiembre de 2022 por la Sección Primera y señala que el 15 de diciembre de 2019 el encausado disparó con una escopeta de su propiedad al perro, de raza podenco, en una finca de un municipio de la provincia, dando muerte al animal, propiedad del denunciante.
Asimismo, indica que "para eludir su responsabilidad" el acusado trasladó el animal en un vehículo y "arrojó su cadáver por un tubo de 25 centímetros de diámetro en un pozo artesiano que existía en una finca, tapándolo posteriormente con una piedra".
Los hechos se produjeron, según recoge la sentencia por la declaración del acusado, que trabajaba como encargado en otra finca, cuando un grupo de cuatro perros "atrapó a un cerdo" y, "al no querer que lo mataran, les pego voces, pedradas, buscó una palo largo, no lo encontró y le tiró unos leños", al "no haber manera de separar los perros, cogió el arma que tenía en el coche y disparó hacia el suelo cerca de los animales con la intención de que soltaran al cerdo, con tan mala suerte de que algunos plomos alcanzaron a un perro".
Tras ello, fue a decírselo al propietario del animal, que se encontraba de montería con el perro en otra finca, pero "le entró miedo", por lo que "camino del cortijo se deshizo del perro y lo tiró a un pozo de once metros", toda vez que afirmó que "no es cierto que disparara intencionadamente", sino que "el disparo lo hizo a distancia, a unos 25 metros del grupo".
Todo ello fue desmentido por el propietario del animal, que señaló que "el perro iba por una res y al llegar al coche vieron como este hombre le dio el tiro y lo cargó en el coche" y que "se fueron hacia él y vieron como tiró al perro en el pozo y entonces llamaron a la Guardia Civil", al tiempo que declaró que el perro "corría detrás de una cierva" y "no vieron cerdos ni en ningún momento vieron perros mordiendo a un cerdo", así como que "solo estaba un perro".
De otro lado, un tercer testigo, en calidad de presidente de la Asociación de Criadores del Podenco Paternino de Huelva, certificó que el perro abatido pertenecía a la raza Podenco Paternino, nacido en 2015 y con "un valor económico en el momento de su fallecimiento el día 15 de diciembre de 2019 de 1.200 euros".
De este modo, indica la Audiencia que el pronunciamiento de condena se asienta en una "correcta valoración de la prueba, partiendo de la base del reconocimiento por parte del acusado de haber sido el autor de la muerte del perro", así como que, según los testigos, "el día de autos nadie ve al cerdo herido, en especial los agentes de la Guardia Civil".
Además, señala que "no consta que el acusado intentara hacer uso de otros medios o instrumentos de defensa que devinieran ineficaces" ni que el perro "atacara al acusado cuando trató de evitar que siguiera atacando al cerdo", así como que "no se trataba de un perro de los calificados como potencialmente peligrosos" y considera que en las pruebas practicadas "no hay evidencia de que la muerte del perro estuviera justificada".
Por todo ello, este hombre fue condenado a doce meses de prisión, así como a 1.200 euros de pago al propietario del animal en concepto de responsabilidad civil y a la inhabilitación especial durante dos años para la tenencia de animales y para el ejercicio de profesión, oficio o comercio relacionado con animales, aunque se acordó la suspensión de prisión del condenado con condiciones.
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