La tribuna
Voto de pobreza
Huelva/El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena dictada por la Audiencia Provincial de Huelva de tres años de prisión para un hombre que supuestamente entregó en el Centro Penitenciario provincial un paquete dirigido a un interno que contenía una cazadora vaquera que ocultaba cosidos en su interior varios envoltorios con cocaína y heroína, aunque dicho paquete no llegó a su destinatario, ya que fue interceptado por la unidad canina.
El TSJA ha desestimado la apelación presentada por la defensa del acusado y, por tanto, ha ratificado la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva del 3 de julio de 2023.
De este modo, la sentencia señala que el acusado supuestamente entregó en el centro penitenciario de Huelva "un paquete dirigido a un interno conteniendo, entre varias prendas de vestir, una cazadora vaquera que ocultaba cosidos en su interior varios envoltorios con cocaína y heroína" y que "no llegó a ser entregada a su destinatario", ya que "la droga fue detectada por el perro integrante de la unidad canina del centro". Los envoltorios contenían "2,85 gramos de cocaína con una pureza del 75,34% y 1,23 gramos de heroína con una pureza del 38,86%".
En el momento de los hechos y de conformidad con la OCNE (Oficina Central Nacional de Estupefacientes dependiente del Ministerio de Interior), "un gramo de heroína tenía un valor en el mercado ilícito de 58,07 euros y un gramo de cocaína tenía un precio de 61,64 euros, de modo que la cantidad total de la sustancia intervenida tenía un valor de 247,09 euros".
De este modo, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva lo condenó como autor responsable de un delito consumado contra la salud pública, en su modalidad de sustancias que causan un grave daño a la salud, a la pena de tres años de prisión y multa de 500 euros, con diez días de privación de libertad en caso de impago.
Frente a la referida sentencia, la defensa del acusado interpuso un recurso de apelación alegando vulneración de su derecho a la presunción de inocencia y error en la apreciación de la prueba, ya que "no consta probado que la cazadora en cuestión hubiera formado parte del contenido del paquete que él entregó y que, por tanto, no le es imputable la comisión del delito contra la salud pública objeto de condena". No obstante, el TSJA ha desestimado el recurso de apelación y confirma la condena interpuesta por la Audiencia Provincial de Huelva.
Temas relacionados
También te puede interesar
Lo último
La tribuna
Voto de pobreza
Tribuna Económica
José Ignacio Castillo Manzano
La financiación autonómica, ¿Guadiana o Rubicón?
Editorial
Hay que darse mucha más prisa
No hay comentarios