La Ley Antitabaco toca El Rocío
El Ayuntamiento de Almonte tendrá que pronunciarse sobre su aplicación pues debe velar por su cumplimiento · Las zonas más afectadas por la norma son las casas de hermandad
El presidente de la Hermandad Matriz, José Joaquín Gil, reconoce que no han sopesado las repercusiones que la denominada popularmente como Ley Antitabaco tendrá durante la popular romería del Rocío. El Ayuntamiento de Almonte aún no se pronunciado al respecto a pesar de que tendrá que hacerse cargo del cumplimiento de la normativa gubernamental firmada por la ministra Leire Pajín al tratarse de su término municipal.
De momento, existe una indefinición y disparidad de criterios sobre la posibilidad de poder fumar en el interior de las casas hermandad. A priori y sobre el papel, Gil no ve ningún tipo de elemento legislativo por el cual los romeros no puedan encender un cigarrillo en estos espacios, al tratarse de viviendas que tienen carácter y titularidad privada y su uso se circunscribe a estos términos.
Sin embargo, y a tenor de los recientes antecedentes, la respuesta no puede ser ni mucho menos tan contundente. En la Feria de Abril, el Ayuntamiento de Sevilla ya se ha pronunciado en contra de que en las casetas particulares los fumadores puedan abandonarse a su vicio.
Para intentar sortear la norma se subrayó el carácter privado de las casetas y se defendió, sin éxito, la teoría de que en la práctica se utiliza como si se tratase de una residencia familiar donde los socios ejercen de anfitriones de sus invitados. No obstante, finalmente se ha finiquitado cualquier subterfugio de la ley, reafirmándose las administraciones en que estas infraestructuras efímeras se asientan sobre suelo público y, en base a ello, no da lugar a excepciones.
Este matiz tumbó las pretensiones de los fumadores, si bien detallan que en El Rocío no encontraría este resorte legal. En concreto, citan que las casas de hermandad no pertenecen a una institución municipal, como así sucede con los terrenos en los que se celebran las ferias.
Sin embargo, la ley es clara al respecto y define como espacios de uso público todos aquellos "lugares accesibles al público en general o de uso colectivo, con independencia de su titularidad pública o privada". En virtud de este punto, carece de valor debatir cualquier subterfugio, pues no cabe duda de que, aunque las casas de hermandad diseminadas por la aldea tienen titularidad privada, durante los días de romería estas residencias se convierten en espacios al que puede acceder libremente cualquier tipo de público.
A tenor de la redacción de la ley encontramos más elementos en contra. Durante la celebración de la fiesta de Pentecostés, en estas viviendas reside un importante grueso de trabajadores: camareros, coheteros, cocineros o tamborileros, lo que implica que estas zonas queden inexcusablemente libres de humo. Otro punto que puede suscitar interrogantes, y por consiguiente controversia, será la posibilidad de fumar en el interior de las habitaciones. Grosso modo y sin una lectura concienzuda de la ley, uno respondería rápidamente que sí, dado que se podría sentenciar que en estas áreas se realizan las veces de habitaciones privadas. Pero he aquí que en el apartado T de la ley se hace extensible de forma taxativa las prohibiciones a "hoteles, hostales y establecimientos análogos, salvo en los espacios al aire libre".
¿Quiere ello decir que tendrán las entidades religiosas que determinar qué habitaciones se destinan para fumadores? Lo cierto es que los hermanos consultados coinciden en que será el sentido común el que rija la convivencia más allá del corpus central de una ley que habrá que acatar con cordura, civismos y sin fanatismos de uno y otro lado.
La presidenta de la Hermandad del Rocío de Rociana, Rocío Trigueros, anticipándose a posibles objetores, ha convocado una junta para el 7 de febrero, a efectos de informar a los hermanos sobre la necesidad de cumplir la ley, por lo que "no creo que haya ningún problema al respecto". Será cuestión de tiempo que el resto de presidentes haga lo propio.
Sobre el papel, el único espacio en el que se podrá fumar en las casas de hermandad será en los patios tanto interiores como exteriores. A pesar de las aristas y vericuetos a los que se presta una ley de este tipo, lo cierto es que, a priori, no existe ningún elemento que delimite esta práctica en una zona abierta, con la salvedad de recintos de los parques infantiles y áreas o zonas de juego para la infancia, entendiendo por tales los espacios al aire libre acotados que contengan equipamiento o acondicionamientos destinados específicamente para el juego y esparcimiento de menores", lo que no es el caso. De todas formas, los menores también acuden a la romería acompañando a sus padres, romeros y peregrinos y comparten casa y recinto, hasta hacen los deberes en las instalaciones rocieras.
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