El TSJA sentencia que la compra del campo de Golf fue ajustada a derecho

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El tribunal reconoce que "no puede sostenerse que el acuerdo del Pleno municipal donde se aprobó la operación fuese dictado al margen del procedimiento legalmente establecido".

Jugadores en las instalaciones del campo de golf Dunas de Doñana. / H. I.
Carlos López

26 de abril 2017 - 02:05

Almonte/El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado el recurso de apelación de los ex concejales socialistas contra la sentencia que declaraba la nulidad de la compra del campo de golf Dunas de Doñana. El tribunal concluye que la adquisición de la infraestructura deportiva de 54 hectáreas se ajustó a derecho, una adquisición que costó a los almonteños 7,5 millones de euros, de los cuales 4.030.000 fueron satisfechos mediante la permuta de 14 parcelas en la aldea de El Rocío, en el sector Santa Olalla Sur.

La Sala de lo Contencioso Administrativo mantiene que "la adquisición de las participaciones sociales no alteró el carácter inmobiliario de la operación". Sostiene, además, que las parcelas (del Rocío) estaban destinadas a la enajenación pública "sin haber sido objeto de adjudicación en sucesivas licitaciones", al encontrarse tasadas por un precio "superior al de mercado". Su señoría considera que al ser el único campo de golf existente en el término municipal de Almonte, estaría justificado el prescindir de la licitación publica, al cumplir con su adquisición el objetivo de prestar "un servicio público de competencia municipal".

El fallo se apoya en que al ser la única instalación se entiende que es un servicio público esencial

El TSJA reconoce que "esto no significa que no concurrieran algunas irregularidades, que el propio informe del secretario general reconoce, sino que no puede sostenerse que el acuerdo del Pleno de ocho de abril de 2009 (en el que se aprobó la operación) fuese dictado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido". Para el que fuese portavoz socialista, José Villa, la sentencia "avala lo que siempre hemos dicho: que la compra del complejo obedecía al interés institucional por mantener un activo que reporta un valor añadido a la playa de Matalascañas, complementado así su oferta turística".

En cuanto a las razones que han llevado a los antiguos concejales a pedir la nulidad del acuerdo plenario, que deja sin efecto la compraventa del campo de golf, Villa defendió que esta es la opción más ventajosa para los intereses del Ayuntamiento. La alternativa, añade, conllevaría que la operación quedaría "en un limbo jurídico". A su juicio, ello vaticinaría un lago proceso judicial como consecuencia de la petición de los propietarios de "indemnizaciones millonarias", dadas las dificultades de revertir el proceso de compra puesto que la infraestructura deportiva tiene ahora un inquilino, al haber decidido el PP alquilarlo por 20 años a la empresa Doñana Da Silva Golf.

Aunque el campo perdía en manos públicas más de 450.000 euros anuales, Villa recuerda que otras infraestructuras como los pabellones de deportes o la piscinas municipales son claramente deficitarias desde un punto estrictamente económico, si bien "nadie cuestiona su mantenimiento" como un servicio que prestan las corporaciones municipales y que tienen un interés para sus ciudadanos. Por tanto, reclama no analizar la compra con criterios "economicistas" y sí en su globalidad, poniendo en la balanza el interés que suscita para el sector hotelero de la costa almonteña. Además, añade que al final la compa fue más barata que esos 7,5 millones, puesto que las parcelas del Rocío estaban "sobrevaloradas". Y recuerda para ello que durante el gobierno de los populares "se vendió por una décima parte".

El ex alcalde y portavoz del PP, José Antonio Domínguez, hace una lectura diametralmente opuesta y valora el recurso como un modo de los socialistas de situarse al lado de los intereses de los propietarios de las acciones de Exclusivas Doñana, entre ellos el ex alcalde José Antonio Castellano (PSOE), que se beneficiará de los réditos y plusvalías que generó un campo que, sólo un par de años antes, se valoró en casi la mitad por parte de los propios socios.

El edil recuerda que "con tres sentencias y dictámenes favorables para el Ayuntamiento sobre la nulidad del proceso de compra del Campo de Golf, el TSJA, a pesar de reconocer el cúmulo de irregularidades cometidas en el proceso de compra, considera que estas irregularidades no son una "manifiesta, clara y grotesca omisión del procedimiento seguido". Un dictamen que "va en contra de las sentencias previas que de forma reiterada han venido dictando otras instancias judiciales".

Domínguez considera que las conclusiones a las que ha llegado el TSJA han sido posibles "por la ausencia de oposición del propio Ayuntamiento de Almonte, que ha adoptado una actitud pasiva en este proceso". En este sentido, indica que el PSOE de Almonte ha optado "por defender los intereses de los vendedores en contra de los intereses del Ayuntamiento, que ha visto cómo el cambio de abogados ha permitido perder un pleito millonario"

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