Bonares aprueba la ordenanza reguladora para la recogida y retirada de animales sueltos: pondrán multas de hasta 500 euros

Así lo indica el anuncio publicado esta semana en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Huelva, en el que se indica que los animales serán trasladados al depósito municipal habilitado para ello y para su retirada los propietarios tendrán que abonar la tasa correspondiente

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Caballos pastando en una imagen de archivo.
Caballos pastando en una imagen de archivo. / M.G.

El Ayuntamiento de Bonares ha aprobado definitivamente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa del servicio de recogida y retirada de animales sueltos o abandonados --tanto animales de compañía como equinos-- que estén, bien en la vía pública, en terrenos de propiedad municipal, o cualquier zona rural del término municipal, así como se procederá al análisis de sangre para el genotipado.

Así lo indica el anuncio publicado esta semana en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Huelva, en el que se indica que los animales serán trasladados al depósito municipal habilitado para ello y para su retirada los propietarios tendrán que abonar la tasa correspondiente.

Así las cosas, las tasas que tendrá que abonar el titular del equino retirado por la captura, retirada y traslado al depósito municipal será de 500 euros, mientras que en el caso de los animales de compañía calificados como potencialmente peligrosos será de 200 euros y de 50 euros para la retirada de animales de compañía no potencialmente peligrosos.

Además, por cada día o fracción de estancia en el depósito municipal de equinos o animales potencialmente peligrosos se tendrán que abonar 50 euros y para los no potencialmente peligrosos, 20 euros. Asimismo, en el caso de los perros tendrán que pagar 40 euros por el análisis de sangre para genotipado y 15 euros por la chapa identificativa.

De la misma manera, en caso de que el animal requiriese atención veterinaria se añadirá a la liquidación los gastos generados por la misma, "según informe debidamente motivado y justificado del veterinario correspondiente" y, en el caso de que el animal no fuese retirado por su propietario identificado en el plazo de diez días --una vez avisado de su retirada-- o si el animal no fuese identificado, podrá ser cedido gratuitamente a entidades de protección animal "debidamente registradas".

Señala el Consistorio que se consideran animales abandonados según lo dispuesto en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales "todo animal incluido en el ámbito de aplicación de dicha ley que vaya sin el acompañamiento o supervisión de persona alguna, estando o no identificado su origen o persona titular o responsable y no habiendo sido comunicada o denunciada su desaparición en la forma y plazos establecidos".

También serán considerados animales abandonados aquellos que permanezcan atados o en el interior de un recinto o finca sin ser atendidos en sus necesidades básicas por la persona titular o responsable, y todos aquellos que no fueren recogidos por sus titulares o responsables de los centros de recogida en el plazo establecido, así como de las residencias, centros veterinarios u otros establecimientos similares en los que los hubieran depositado previamente.

De otro lado, se consideran animales extraviados todo aquel que estando identificado o bien sin identificar, "vaga sin destino y sin control, siempre que sus titulares o responsables hayan comunicado su extravío o pérdida en la forma y plazo establecidos a la autoridad competente".

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