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Sucesos
Ayamonte/El Ayuntamiento de Ayamonte ha sido condenado a abonar 153.990 euros en concepto de indemnización a un ciclista que sufrió un accidente en octubre de 2016 cuando discurría por una vía de la localidad que presentaba varias zanjas provocadas por las lluvias.
En una sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) estima parcialmente el recurso interpuesto por el damnificado contra la desestimación del abono de la indemnización por parte del Ayuntamiento y de la Junta de Andalucía.
El accidentado solicitaba en concepto de reclamación patrimonial al Consistorio 251.297 euros, si bien el TSJA la rebaja al entender, que este tiene un 30% de responsabilidad ya que advirtió las zanjas del camino pero no frenó.
Asimismo, exime a la Junta de Andalucía, contra la que también se dirigió la reclamación, de cualquier responsabilidad pues el camino rural donde acaece el accidente no forma parte de la vía pecuaria titularidad de la Junta de Andalucía que discurre por la zona.
Se declara probado que el accidente se produjo en el camino que rodea a Costa Essuri, conocido como "las tres marías", en Ayamonte; el demandante, de 57 años en el momento del accidente, tenía una casa en la urbanización Costa Essuri desde la que salió a montar en bici sobre las 9:00 del 31 de octubre de 2016, avisando unos vecinos a la Policía Local unas dos horas más tarde al encontrarlo inconsciente, caído de la bicicleta.
La Policía Local se personó en el lugar y emitió informe en el que se precisa que el lugar del accidente es "una zona muy transitada por ciclistas, con subidas y bajadas, situándose el lugar de la caída al final de un descenso prolongado y en el que varias zanjas, provocadas por las lluvias, atraviesan el camino de un lado a otro, resultando muy peligrosas para los ciclistas".
Tras el análisis de la documentación obrante en la causa, el TSJA considera que "la caída tiene lugar en término municipal de Ayamonte en un camino abierto al público, del que no consta probado que sea de propiedad privada ni vía pecuaria" y atribuye "la responsabilidad municipal en el mantenimiento, conservación y guardería de un camino abierto al público en su municipio".
Asimismo, tras visionar el accidente a través de la cámara go-pro que portaba el ciclista, estima el Tribunal que "también concurre la propia culpa del demandante" dado que pese a advertir las zanjas se dejó caer por la cuesta y no frenó.
Por tanto, considera que es responsabilidad del Ayuntamiento el mantenimiento de las vías públicas abiertas al tráfico en condiciones de seguridad, pero igualmente concurre la del ciclista al no moderar la velocidad en atención a la situación de la vía.
El reconocimiento de la indemnización llega después de nueve años porque, según ha explicado el abogado del demandante, Gonzalo Álvarez-Ossorio, se tuvo que presentar reclamación patrimonial administrativa ante Gobierno, Junta, Diputación y Ayuntamiento porque "todas se ponían de perfil y decían que ni eran titulares del camino y ni le correspondía el mantenimiento".
Finalmente acreditó que el Ministerio cedió el mantenimiento de dicho camino al Ayuntamiento en 2011, confirmando lo que "desde un primer momento se intuía por el propio atestado", la responsabilidad municipal.
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