El fiscal pide 5 años de prisión por el impago a acreedores del hotel El Coto de Matalascañas
La acusación pública imputa al dueño del establecimiento y a dos miembros de la comisión liquidadora delitos de falsedad contable y alzamiento de bienes
La Fiscalía de Huelva solicita cinco años de prisión para el propietario del Gran Hotel El Coto de Matalascañas, M.B.G., y dos miembros de la comisión liquidadora de la empresa, A.V.G y M.B.C., a los que atribuye delitos de falsedad contable y de alzamiento de bienes por el impago a los acreedores de la entidad.
Así consta en el escrito de acusación del Ministerio Público, al que ha tenido acceso en exclusiva Huelva Información, en el que se detalla que la mercantil Gran Hotel El Coto SA (Ghecsa) fue declarada judicialmente en suspensión de pagos en 1991 y, declarada su liquidación en 1995, se constituyó una comisión liquidadora. En febrero de ese año la empresa Bamar 2000 adquirió el inmueble hotelero por más de mil millones de las antiguas pesetas.
Precisamente M.B.G. es el administrador de dicha empresa, además de ser accionista mayoritario de la propia Ghecsa y de Alfa Beta Inversiones Hoteleras.
Considera el fiscal del caso, Pablo Mora, que los tres acusados actuaron “de forma conjunta y siempre bajo las indicaciones de M.B.G., realizaron a lo largo de varios años, con un único propósito criminal, diversas acciones tendentes a eludir la satisfacción de los créditos de los acreedores de la suspensa Ghecsa”.
En primer lugar apunta la acusación pública al impago a través de los ingresos obtenidos con los alquileres de las fincas que eran titularidad de la sociedad liquidada. En 1996 Ghecsa arrendó a Alfa Beta Inversiones por 3.300.000 pesetas al año siete fincas. Y Alfa Beta subarrendó seis de ellas (con excepción de la conocida como local 37) a Bamar 2000, de la que es titular el principal encausado.
En la calificación provisional del Ministerio Fiscal consta que entre 1994 y 2011 Ghecsa facturó a Alfa Beta Inversiones por dichos alquileres 153.460 euros, pero esta última solo abonó 109.344, “quedando pendiente el cobro de 44.115 euros, que nunca fue reclamado” por la mercantil suspensa. Tampoco fueron ingresados a la Hacienda Pública 7.549 euros. Y, claro está, “ninguno de estos importes (...) fueron destinados al pago de los créditos de los acreedores".
La Fiscalía destaca que pese a la grave situación de déficit de Gran Hotel El Coto, “no se reclamó un crédito con la Hacienda Pública que en el año 2010 ascendía a 314.158 euros”.
En segunda instancia, se apunta al impago a los acreedores a través de la venta de activos de la sociedad. Así, el llamado local 37 fue adjudicado a Alfa Beta por más de 12 millones de pesetas, una operación que fue rescindida por la Audiencia Provincial de Huelva en 2005 y que significó un ingreso en las cuentas de Ghecsa de 72.708 euros “que no fue destinado al pago de créditos de los acreedores”.
Lo mismo ocurrió con el patrimonio inmobiliario de la entidad, que fue transferido a Bamar 2000 en el año 2011 por más de 325.000 euros. El montante finalmente fue a parar a la cuenta de un bufete de abogados, “logrando así definitivamente escamotear a los acreedores el patrimonio de la suspensa Ghecsa”.
En tercer lugar, la Fiscalía hace referencia a la falta de una correcta contabilidad en las tres empresas mencionadas: Alfa Beta Inversiones Hoteleras, Bamar 2000 y Ghecsa.
Como ejemplos más relevantes señala la “ausencia total de registros contables entre los años 1995 y 2005” o la declaración de pérdidas en las cuentas de Ghecsa de 8.177.000 euros en 2007, “cifra que no es coherente con lo declarado en el ejercicio 2006, que arrojaría una cifra de 8.195.296 euros, existiendo una diferencia de 18.211 euros” que se arrastra hasta 2010.
La acusación pública destaca que el procedimiento judicial, incoado en marzo de 2011, “ha sufrido diversas paralizaciones por causa no imputable a los acusados”, por lo que considera que concurre la atenuante de dilaciones indebidas.
Es por ello que solicita que se condene a tres años de prisión a cada uno de los acusados por un delito de alzamiento de bienes, que conllevaría a su juicio el abono de 7.200 euros de multa.
Por la autoría del delito de falsedad contable el fiscal reclama la imposición de dos años de prisión, amén de una multa de 3.600 euros.
Finalmente, considera que los tres acusados deben indemnizar conjunta y solidariamente a Gran Hotel El Coto SA con 509.600 euros: 109.344 relativo al importe de los alquileres, 72.7908 euros por la rescisión del local 37 y 327.548 euros por la venta del patrimonio inmobiliario, a los que habría que añadir los intereses legales.
La defensa solicita la absolución del propietario del negocio porque “no hay delito”
La defensa de M.B.G, propietario del Gran Hotel El Coto de Matalascañas, considera que en este asunto del impago a los acreedores –por el que la Fiscalía reclama que su cliente se enfrente a una condena de cinco años de prisión por falsedad contable y alzamiento de bienes– su representado debe ser absuelto, ya que “no existen hechos delictivos imputables al señor M.B.G.” y “si no hay delito, no hay autor”.
En el escrito de defensa, elaborado por el letrado sevillano Jaime Camacho y que obra en poder de Huelva Información, se va apostillando a cada una de las acusaciones que realiza el Ministerio Público, detallando los pormenores de cada una de las acciones llevadas a cabo por M.B.G y aportando profusa documentación para aclararlas.
Así se hace con los presuntos ingresos obtenidos con los alquileres de las fincas de Ghecsa o con la contabilidad, de la que se puntualiza, entre otros, que “no responde a la realidad la inexistencia de registros contables de las sociedades que se dicen, prueba de lo cual es la cantidad de documentación contable aportada a las actuaciones y los propios comentarios que la misma Fiscalía hace sobre las declaraciones de impuestos y cuentas anuales".
En cuanto a las indemnizaciones, destaca que “nos llama la atención que solicite cantidades que M.B.G. o Alfa Beta y/o Bamar tienen abonadas a Ghecsa”. En este sentido, observa que se reclaman 109.344 euros “equivalentes a pago de rentas que se manifiestan abonadas (hay pagado incluso mayor importe), 72.708 euros que se abonaron, aunque posteriormente se devolvieran al rescindirse la subasta que ocasionó el abono, y otro importe que se corresponde con el líquido (pequeño error numérico de Fiscalía) abonado tras la segunda subasta”.
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