El joven del crimen de Rociana será juzgado como menor pese a haber cumplido ya la mayoría de edad

El chico permanece interno en un centro mientras que sigue abierta la investigación para esclarecer si la paliza fue la causa de la muerte del anciano

Crimen de Rociana: El joven de 14 años al que le marcó presenciar el asesinato de su padre

La calle Hinojos de Rociana del Condado, donde se produjo el ataque del joven al anciano.
La calle Hinojos de Rociana del Condado, donde se produjo el ataque del joven al anciano. / Alberto Domínguez
R. González

04 de abril 2024 - 14:52

Rociana del Condado/El joven que fue detenido el 29 de febrero acusado de homicidio en grado de tentativa por golpear en una farmacia de Rociana del Condado a un anciano de 75 años permanece interno en un centro, mientras la investigación del suceso sigue abierta. Pese a que ya ha cumplido la mayoría de edad, el chico será juzgado como menor, dado que cuando propinó la paliza a la víctima tenía aún 17 años.

La investigación del caso sigue su curso, según confirman a este diario fuentes de la Fiscalía de Menores, dado que se trata de esclarecer si la muerte del hombre de avanzada edad -hace escasos días- se produjo por las heridas provocadas por el ataque o, si por el contrario, pudo tener otra causa. De ser la agresión el motivo, la consideración del delito pasaría de homicidio en grado de tentativa a homicidio consumado.

Tras el ataque, el hijo de la víctima explicó que su padre "llegó muy grave" al hospital y que ese mismo día los médicos "le indujeron un coma y estuvo once días en ese estado, pasó a planta, pero raramente abría los ojos y perdió el habla". Hace unos días falleció en el hospital, aunque un forense tendrá que determinar también si fue a causa de las heridas de la paliza, por tener relevancia cuando se juzgue al joven.

El hecho de que la agresión se produjera cuando el chico aún tenía 17 años hará que se le juzgue como menor. Incluso en el caso de que hubiera alcanzado la mayoría de edad al día siguiente. Será de aplicación, pues, la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. A ella se someten los jóvenes que han cometido delitos entre los 14 y los 17 años, a los que se les condena con "medidas correctoras" para su reeducación. Si el suceso hubiera ocurrido en estos momentos, cumplidos ya los 18 años, el joven tendría que ser juzgado conforme al Código Penal y enfrentarse a penas de prisión, en caso de que fuera condenado.

La misma ley sobre la responsabilidad penal de los menores establece, además, que quienes hayan cometido delitos con 13 años o menos tampoco podrán ser juzgados, ni siquiera en su condición de menor, y quedarían en libertad. Fue uno de los aspectos de la ley que generó más debate en España cuando fue aprobada en el año 2000.

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