El sector agrícola del entorno de Doñana podrá presentar la documentación para las ayudas hasta el 15 de enero
Las subvenciones son para el impulso de actividades compatibles con la conservación del espacio natural y para promover la transición ecológica
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Doñana/El sector agrícola del entorno del Parque Nacional de Doñana tendrá hasta el 15 de enero para presentar la documentación para solicitar la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para fomentar actuaciones dirigidas a la renaturalización y restauración ecológica en el ámbito agrario y forestal, para contribuir al desarrollo territorial sostenible en el área de influencia del espacio natural Doñana. Así lo recoge la web del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico (Miteco) después de que este sábado se publicara la resolución de la orden en el Boletín Oficial del Estado (BOP), y que se enmarca el Marco de Actuaciones para Doñana.
La resolución señala que las ayudas se concederán para impulsar actividades "compatibles con la conservación del espacio de Doñana" y promover la transición ecológica en este espacio "a través del mejor conocimiento científico".
Para ello, se financiarán proyectos piloto, "de carácter experimental y transformador", para la mejora ambiental en los ámbitos agropecuario y forestal "que permitan impulsar la bioeconomía y la diversificación de las actividades socioeconómicas". Señala que su objetivo último es "contribuir al restablecimiento del equilibrio natural de Doñana y la compatibilización con el desarrollo sostenible del territorio". Asimismo, apunta que el ámbito territorial de los proyectos a los que se aplicarán estas ayudas comprenderá los municipios integrados en el área de influencia del Espacio Natural de Doñana y la Reserva de la Biosfera: Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), Almonte, Bollullos Par del Condado, Bonares, Hinojos, Lucena del Puerto, Moguer, Palos de la Frontera y Rociana del Condado (Huelva); Aznalcázar, Isla Mayor, La Puebla del Río, Pilas y Villamanrique de la Condesa (Sevilla).
Podrán obtener la condición de beneficiarios al amparo de esta orden las personas físicas, que sean titulares de derechos reales sobre los terrenos objeto de la ayuda, así como aquellas que sean titulares de una explotación agraria o silvícola inscrita en los registros correspondientes, incluyendo arrendatarias y las personas jurídicas, de derecho público o privado, que sean titulares de derechos reales sobre los terrenos objeto de la ayuda, así como aquellas que sean titulares de una explotación agraria o silvícola inscrita en los registros correspondientes. También otras categorías, siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada caso, como las entidades pertenecientes al sector agrícola, ganadero o forestal; las no lucrativas con personalidad jurídica propia del ámbito agrícola, ganadero o forestal; así como las universidades públicas o institutos universitarios que estén inscritos en el registro de Universidades, Centros y Títulos, entre otras.
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