Abierto el plazo para solicitar subvenciones para autónomos y pymes en Bollullos
Las ayudas del Ayuntamiento ascienden a 25.000 euros
La sede del consejo de la D.O. Vinos del Condado de Huelva continuará en Bollullos 20 años más
Huelva/Abierto el plazo de solicitud de subvenciones municipales para autónomos y pymes ubicadas en Bollullos Par del Condado, a fin de poder contribuir a facilitar el cumplimiento de sus obligaciones empresariales y el mantenimiento de la actividad y el empleo, así como amortiguar la reducción de ingresos. El alcalde de la ciudad, Rubén Rodríguez, y e lconcejal de Economía, Hacienda, Autónomo y Empresa, Adrián Iglesias, informan de la apertura del plazo.
Tras ser publicadas las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, las ayudas pueden ser solicitadas durante diez días naturales, hasta el próximo día 7 de diciembre de 2022 inclusive.
La cuantía destinada a atender estas subvenciones asciende a un importe total de 25.000 euros del vigente Presupuesto municipal de 2022, con cargo a la partida presupuestaria 433.423 (convocatoria de subvenciones para fomento del empleo e impulso empresarial). El importe de la partida se repartirá equitativamente entre todos los beneficiarios hasta agotar la misma.
Los requisitos básicos para acceder a este tipo de subvenciones son: que se trate de una actividad ejercida en un establecimiento sito en este municipio legalmente constituido a fecha 1 de marzo de 2022, que en el referido establecimiento se desarrolle alguna de las actividades encuadradas en alguno de las agrupaciones, grupos o epígrafes contenidos el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del impuesto sobre actividades económicas y que el sujeto solicitante esté exento del Impuesto de Actividades Económicas en el ejercicio fiscal de 2022.
También se requiere que la actividad se ejerza en un local comercial, específico y abierto al público, radicado en una vía pública de Bollullos Par del Condado y su término municipal, esté dado de alta en el régimen de la Seguridad Social o en la Mutua profesional correspondiente y en la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el momento de la presentación de la solicitud, no no se encuentre incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, esté al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal (AEAT) y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en el momento de la presentación de la solicitud y que no tenga deuda alguna pendiente con la Hacienda municipal del Ayuntamiento.
Éstas ayudas son complementarias a las vigentes estatales y autonómicas, no habiendo ninguna incompatibilidad en el cobro de las mismas.
El anuncio, las bases de la convocatoria y el documento para su solicitud pueden descargárselo en:
Bases: https://cutt.ly/H1q8VP0
Solicitud: https://cutt.ly/b1q4fby
Una vez descargado el anexo y cumplimentado pueden registrarlo físicamente en las oficinas de registro de la plaza de abastos o bien telemáticamente en: https://sede.bollullospardelcondado.es/.../registro-entrada/
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